Las legisladoras radicales Marta Milesi y María Inés García, presentaron nuevamente el proyecto que regula la práctica de los abortos no punibles, con la finalidad de garantizar la salud integral de las mujeres, entendida como el completo bienestar físico, psíquico y social.El expediente había entrado en caducidad en marzo pasado y fue elevado nuevamente a la Legislatura de Río Negro por las diputadas provinciales.
Las legisladoras explicaron que “el peligro para la vida o para la salud física o psíquica de una mujer embarazada, causado o agravado por el embarazo, debe ser fehacientemente diagnosticado por el equipo interdisciplinario de profesionales de la salud que corresponda”.
La doctora Milesi mencionó que “una vez producido dicha comprobación, el profesional de la salud tratante está obligado a informar a la mujer embarazada, explicándole de manera clara el diagnóstico y pronóstico del cuadro que la afecta y la posibilidad de interrumpir el embarazo, dejándose constancia en la historia clínica de haber proporcionado dicha información, así como también de la confirmación de la gestante de haber comprendido la información recibida”.
El proyecto menciona los requisitos que se deberán cumplir para solicitar la interrupción del embarazo, cuando éste se hubiera producido como consecuencia de una violación y cuando una mujer con sufrimiento mental lo solicite a través de su representante legal.
Milesi y García explicaron que “si el médico o personal auxiliar del Sistema de Salud, manifiesta objeción para realizar el aborto, fundada en razones éticas, podrá optar por no participar en la misma, ante lo cual el establecimiento de salud deberá suministrar de inmediato la atención de otro profesional”.
La futura ley menciona que “para todos los casos de interrupción voluntaria del embarazo establece como plazo máximo para la realización de la práctica, las doce semanas de gestación”.
En otro punto del proyecto se expresa que los establecimientos asistenciales públicos, privados y de obras sociales, deberán ofrecer asistencia psicológica a la mujer embarazada desde el momento en que solicita la práctica del aborto no punible y hasta su recuperación, gozando de prioridad en la asignación de turnos”.
Las autoras de la iniciativa expresaron que “el objeto de esta ley es ponerle fin a una situación profundamente preocupante que se da en nuestro país y en nuestra provincia y que lleva a la violación de los derechos sexuales y reproductivos”.
Para finalizar dijeron que “no instrumentar la práctica del aborto no punible vulnera el derecho a vivir una vida plena y saludable y constituye una violación a los derechos humanos básicos reconocidos y protegidos por nuestra legislación interna, así como también por los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional”.
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