En la sesión ordinaria del día 10 de Agosto, los concejales aprobaron una nueva reglamentación para el Cementerio Municipal.
Según esta ordenanza, el Cementerio se dividirá en siete sectores:
Bóveda: estarán los cadáveres con parentescos entre sí.
Panteón: es similar a la bóveda pero el vínculo entre los cadáveres será social, espiritual o económico.
Mausoleo: es una construcción que tiene como principal objetivo rendir homenaje a través de un monumento al cuerpo.
Nicheras: estarán ubicadas en lotes arrendados y construidas por particulares, para contener hasta cinco cadáveres en lotes de 2, 60 metros cuadrados.
Nichos comunes: son construidos por la municipalidad, ubicados en galerías generales.
Nichos para restos reducidos: tiene características similares a los nichos comunes pero se pueden ubicar restos en nicheras particulares.
Sepulturas en tierra: son construcciones no mas altas que 0,60 metros, en las cuales el cajón está bajo el nivel de la tierra, realizados en lotes de no menos de 1,30 x 2, 50 metros.
Osario: zona del cementerio donde se depositan los huesos.
Cada sector tiene un plazo de vencimiento.
Bóvedas, panteones, mausoleos: 10 años con posibilidad de renovación indefinida.
Nicheras, nichos comunes, nichos para reducciones y / o urnas: 10 años.
Sepulturas en tierra: 5 años.
Comentá la nota