Jueces cordobeses salieron a explicar los alcances de la nueva norma nacional que dispuso cambios a los efectos civiles, pero que también repercutirían en los aspectos de orden penal cuando delinquen
Con la puesta en marcha de la norma, se escucharon distintas voces que se refirieron a los alcances de la nueva ley de mayoría de edad.
El juez cordobés González del Solar aclaró que no se liberará a ningún joven que esté preso.
El juez de Menores en lo Correccional, José González del Solar, aclaró que la modificación de ley de mayoría de edad "no implica la liberación de mayores de 18 años que estén presos o hayan cometido delitos".
"La orden tiene alcance para aquellos jóvenes alojados en institutos correccionales", explicó. Dijo que la nueva ley modifica la situación de quienes "han cumplido 18 años y estaban sometidos a medidas de protección, de cuidado y educación en los correccionales de la Provincia".
Las palabras fueron vertidas por el magistrado a la emisora Cadena 3.
En la nota periodística agregó que estos establecimientos "son para menores de edad. Dado que a los 18 ahora alcanzan la mayoría, esos servicios cesan y ellos deben volver con su familia".
Respecto de la situación de quienes han cometido algún delito de mayor gravedad, ya no les corresponde el régimen que los amparaba; a partir de ahora van a ser sometidos a la ley penal para adultos, es decir a lo que los tribunales dispongan según el ilícito que cometieran.
Repercusiones no previstas
"Esta medida responde a la modificación legal por el cambio de la ley de mayoría de edad que trajo repercusiones también a nivel penal, aunque los legisladores no lo previeron", criticó el magistrado.
La nueva ley entró en vigencia luego de ser aprobada por el Senado el 2 de diciembre y extiende los derechos civiles y comerciales a los jóvenes de entre 18 y 20 años, que antes debían esperar a los 21. Pese a esta modificación, los padres deberán seguir cumpliendo con la manutención de sus hijos hasta los 21 años, así como también con el beneficio de la obra social.
Por su parte, el juez de Menores de Río Cuarto, José Varela Geuna, explicó que la medida no alcanza a menores procesados penalmente.
"La nueva ley que otorga autonomía legal a menores con 18 años de edad implica que los institutos de menores deban otorgarle libertad a adolescentes que hayan cumplido la mayoría de edad establecida en la norma que entró en vigencia recientemente", dijo el magistrado local.
Cesa la intervención en algunos casos
"Cesa la intervención en aquellos menores que se encuentran en institutos por una medida tutelar o de protección", explicó a Puntal el juez de Menores de Río Cuarto, José Varela Geuna.
El magistrado aclaró que los adolescentes que se encuentren en resguardo por estar procesados bajo el Código Penal, permanecerán en esa situación. "Puede haber casos en los que existió un delito pero no están frente a un proceso penal, entonces sí cesa la intervención", indicó.
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