La Nación financia al partido, la Provincia no

La normativa nacional prevé un aporte anual para los partidos políticos, y un extra en los años electorales. Las leyes tucumanas no obligan al Estado a otorgar este tipo de recursos.
El elector no nota las diferencias entre la normativa electoral nacional y la provincial. Cada domingo de votación -se elija lo que se elija- repite, más o menos, la misma rutina: va a votar casi siempre a la misma hora; por lo general se reúne en la casa materna para compartir un almuerzo -asado o pastas-; y en la sobremesa, usualmente, se habla de política y se degusta un café.

Resulta lógico que el votante vea igual una elección de presidente y otra de gobernador; porque las diferencias entre ambas legislaciones casi no afectan al elector en el acto de ir a votar. Sin embargo, impactan con fuerza en la vida interna de los partidos políticos, cuyas autoridades deben estar atentas y cumplir con las obligaciones generadas por uno y otro marco normativo.

A partir de la sanción de la Ley Nº 26.571 (Reforma Política), en diciembre de 2009, y de su reglamentación, mediante los decretos Nº 443, Nº 444 y Nº 445 (firmados por la presidenta, Cristina Fernández, a mediados de abril), las diferencias entre las leyes que dan marco a las elecciones nacionales y provinciales se profundizaron.

Estos distintos derechos y obligaciones se manifiestan, entre otros, en el modo con que un partido elige candidatos (Ver: "La interna...") y en el dinero que manejan las fuerzas, el origen de estos y las exigencias para la rendición de cuentas.

Mientras la legislación federal expresa que la Nación debe otorgar recursos a los partidos, para su funcionamiento, en Tucumán, la ley no contempla tal financiación.

Recursos

El aporte de recursos que confiere el Gobierno central se manifiesta en diversas formas: dinero en efectivo, pago por la impresión de boletas, y concesión de espacios televisivos y radiofónicos para propaganda. El Fondo Partidario Permanente se distribuye en forma anual: el 20% se destina en modo igualitario entre todas las fuerzas reconocidas y el 80% restante, de acuerdo a la cantidad de votos que haya obtenido cada partido en las últimas elecciones a diputados. De esta división sólo participan las agrupaciones que alcanzaron, en cantidad de sufragios, al menos el 1% del padrón. El aporte de campaña se otorga en años en que se realicen elecciones nacionales (presidente, senador y diputados). La mitad de este dinero se reparte en forma igualitaria a todas las fuerzas oficializadas para la elección; y el 50% restante se dividirá proporcionalmente, según la cantidad de votos que logró cada partido en los comicios generales anteriores para la misma categoría.

En el caso de la propaganda en televisión y en radio ocurre algo similar: el 50% del espacio se distribuirá en partes iguales entre todos los partidos intervinientes en la elección, y la mitad restante se repartirá en proporción a cuántos votos sacó cada fuerza que presente candidatos en los comicios generales anteriores a diputados nacionales. Toda la propaganda en estos medios será administrada por la Nación; en otras palabras, ninguna fuerza podrá contratar por sí tiempo en televisión o en radio, para propaganda proselitista.

Esta asignación de recursos implica exigencias a los partidos. Por un lado, estos deben presentar un balance anual que dé cuenta de cómo se gastó durante el año. A esto debe sumársele una rendición de cuentas con las erogaciones que se realizaron durante la campaña, con el dinero repartido para tal fin.

En Tucumán, como el Gobierno no da fondos a las agrupaciones, estas sólo están obligadas a presentar un balance anual. La Provincia tampoco concede espacios para propaganda de TV y de radio.

Finalmente, la Nación fija un límite máximo para gastos de campaña (aún no se dictó el decreto que precisará ese monto para los comicios de octubre). La normativa tucumana no estipula tope alguno.

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