La obra se iba a realizar en Ruta 22 y avenida Olascoaga. Se debe a una cuestión presupuestaria. Se dejó sin efecto el contrato de obra pública suscripto el 18 de julio de 2011 con Equipos Andina SA que había ganado la licitación.
A través del decreto 1154 -fechado el 19 de septiembre pasado- se explica que la decisión se debe a una cuestión presupuestaria. Así, se deja sin efecto el contrato de obra pública suscripto el 18 de julio de 2011 con la empresa Equipos Andina SA que había ganado la licitación privada 2/2011.
"Por una cuestión netamente presupuestaria, la Municipalidad decide dejar sin efecto la contratación de la obra, por no contar a la fecha con el flujo de fondos suficientes para el normal pago de los certificaciones previstas conforme curva de inversión presentada", se indicó sobre las razones de la marcha atrás con la obra. También se agregó que la obra iba a ser financiada con el Fondo Fiduciario de Obras Productivas, con cargo a la partida presupuestaria.
El proceso
En el decreto se detalla que el llamado privado planteaba un presupuesto oficial de 1.747.043,00 pesos y un plazo de ejecución de 90 días corridos. Para esto se invitó a empresas del ramo arquitectura con el fin de que formalicen su oferta en el acto del 31 de marzo de este año.
Se explica además que una vez realizada la apertura de los sobres "B" de las propuestas económicas, y verificados los precios ofertados por la dirección de Cómputos y Presupuesto del municipio surgió como única propuesta la presentada por la empresa Equipos Andina S.A, que ofertó 2.072.661 pesos.
"La licitación fue adjudicada por decreto 0674 con fecha 8 de junio del corriente, fue notificado a la empresa contratista quien presentó en debido tiempo la póliza de Garantía de Contrato. El contrato fue suscripto por las partes y sellado por la empresa, en su parte proporcional con fecha por la suma de 14.508 pesos”, se dice.
"La Municipalidad se compromete a reintegrar a la empresa el importe correspondiente al sellado proporcional de contrato, el que resulta ser de 14.508,62 con más la póliza de garantía de ejecución de contrato, dentro de los veinte días posteriores a la aprobación del acta renunciando expresamente la empresa a la formulación de reclamo alguno en concepto de daños y perjuicios, gastos improductivos, lucro cesante y otros", se menciona en el acuerdo firmado entre las partes.
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