En la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante, se aprobó un proyecto de ordenanza, elaborado por el Departamento Ejecutivo, en el que se establece la disposición final de los vehículos y motovehículos que se encuentran retenidos en los depósitos municipales debido a infracciones.
Detalles
Alicia Parente, quien estuvo en su última sesión como concejal, indicó que esta normativa era muy esperada, debido a la gran cantidad de espacio que ocupaban los vehículos y motovehículos que, en varios casos, luego se convierten en autopartes por el deterioro que provoca el transcurso del tiempo.
"Rige para los vehículos y motovehículos que ya tienen seis meses de estar parados por una infracción de tránsito, y que no fueron reclamados por sus dueños".
Explicó que "se buscó un procedimiento acorde con el Código Civil y la Ley Orgánica de las Municipalidades, para que el Poder Ejecutivo pueda disponer de ellos y cubrir los requisitos legales".
En cuanto al procedimiento antes de la subasta, Parente indicó: "Se va a tratar de ubicar al dueño, si es que por el registro surge que lo tiene. Una vez ubicado, se lo cita y emplaza para que haga valer sus derechos. Si en el plazo de 30 días no lo hace, podrá disponerse la subasta que puede ser judicial o adminsitrativa o, en su caso, el compactado".
En cuanto a la primera posibilidad, subasta judicial o administrativa, explicó que cuando el derecho es interpuesto por un tercero, ya sea una prenda o un secuestro, tomará la vía judicial. "Si no lo tiene, se sigue la vía administrativa, para lo cual la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Código Civil, lo disponen".
Parente justificó la aprobación de esta ordenanza, por "lo excesivamente honeroso que es para el municipio tener en custodia o guarda estos vehículos y en segundo lugar, evitar vectores de enfermedades, como el dengue, hantavirus o leptospirosis".
Plazo suficiente
Parente remarcó que hay tiempo suficiente para que los dueños regularicen la situación, antes de proceder a la subasta. "Cuando pasan seis meses de la retención del vehículo, el municipio pone en marcha todo lo que dispone esta ordenanza. Se notifica al dueño personalmente y si no se consigue determinar quién es, se publica por edicto. A partir de ahí, tienen 30 días para hacer valer sus derechos".
"Se notificará a los registros pertinentes que hay una medida cautelar interpuesta sobre el vehículos, y también se habilita la participación de terceros como interesados", subrayó.
Parente enfatizó que una vez cumplida estas instancias, comienzan los mecanismos para decidir por la subasta o el compactado, en el caso que los vehículos no estén aptos para rodar debido al deterioro, se decide el compactado.
- ¿Podría aparecer alguna intervención legal, de protección a la propiedad privada?
- No pasa nada con la propiedad privada porque esta ordenanza responde a todos lo que está reglamentado en el Código Civil.1
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