Se prohíben los movimientos de animales de la especie equina en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Municipalidad de San Antonio de Areco, solicita la difusión de la Resolución Nº 265 / 2010 dictada por SENASA en referencia a ARTERITIS VIRAL EQUINA (AVE), según se transcribe a continuación: Artículo 1º: Se declara el estado de Alerta Sanitaria en todo el territorio de la República Argentina, debiendo adoptar y/o fortalecer todos los mecanismos y medidas existentes a fin de controlar y evitar la difusión del virus de la Arteritis Viral Equina.- Artículo 2º: Se prohíben los movimientos de animales de la especie equina en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el período de QUINCE (15) días corridos a contar desde la fecha de la presente resolución, prorrogables por otros QUINCE (15) días corridos en el caso que evaluación de la situación sanitaria amerite.- Artículo 3º: Se exceptúan del alcance del artículo anterior los animales de la especie equina que se movilicen con destino a faena y aquellos importados debidamente autorizados con destino a la estación cuarentenaria Lazareto Capital.- Artículo 4º: Se autoriza según y cuando corresponda y con el consentimiento y la aceptación de los Servicios Veterinarios de los países involucrados, las operaciones de exportación desde la REPÚBLICA ARGENTINA.- Artículo 5º: Se autoriza a la Dirección Nacional de Sanidad Animal a adoptar acciones sanitarias y/o técnico-administrativas que correspondan y resulten emergentes del estado de Alerta Sanitaria declarado.- Artículo 6º: Notifíquese a las autoridades policiales y fuerzas de seguridad, Comisión Nacional en Sanidad Equina y por su intermedio a sus representados, y a los Organismos Internacionales que corresponda.- Artículo 7º: La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma.- Artículo 8º: Comuníquese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- En el Artículo 7º donde se menciona la fecha de vigencia de la Resolución 265 / 2010 se debe aclarar
VIGENTE A PARTIR DEL Día 6 de MAYO de 2010.
Cabe destacar que la AVE se trata de una enfermedad propia de los equinos y no es transmisible al ser humano.
El Senasa solicita a los veterinarios de la actividad privada y a toda persona relacionada con la actividad hípica que tomen las medidas de prevención necesarias. En caso de encontrarse ante un hallazgo realice de manera inmediata la notificación al Senasa.
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