La Cámara Civil y Comercial rechazó el recurso de apelación interpuesto por la comuna ante el fallo de primera instancia, que la obligaba a pagar $ 800 diarios hasta cumplir una resolución de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, por el que le dio 90 días para prestar un servicio de agua acorde a las normas. De este modo, la Cámara ratificó lo dictado por la jueza del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Junín, Laura Panizza.
Además, ante este nuevo revés judicial para la comuna, Meza consideró que en el expediente que lleva siete años “está ultraprobado que no se hizo nada, sólo algún maquillaje en algún pozo”.
La multa
“La Cámara en lo Civil y Comercial de Junín confirmó lo dictaminado por la jueza de primera instancia, así que la multa será directamente operativa cuando quede firme. Las sumas deberán depositarse en una cuenta especial, ya que como habíamos donado los montos de esta multa para la construcción de una planta potabilizadora del arsénico y nitrato, tiene un destino específico”, explicó Jorge Meza.
Además, señaló que “en el hipotético caso que la Municipalidad con cumpliera con estos pagos, sería ejecutable como cualquier deuda que no es cumplida por un particular”.
“Desde la publicidad a los hechos hay una distancia abismal. Este amparo fue promovido en el 2003, así que ya llevamos 7 años y durante este tiempo todas las mediciones que hicimos dieron que no hubo mejoramiento en la calidad del suministro. Al quedar firme el fallo de la Corte, esto era operativo en 90 días, y esto fue hace un año, tiempo en el que hubo un incumplimiento absoluto por parte del municipio”, analizó.
El abogado dijo que “esto se observa en el expediente, porque el Instituto del Agua dependiente de la UBA, determinó que hay un promedio de 0,10 ó 0,11 mg/h de arsénico según los pozos y hay exceso de nitratos. Ahora, a instancias de la doctora Panizza, tomó cartas el OCABA, que produjo también un informe que sirvió de base para la sentencia judicial”.
Meza remarcó que “está ultraprobado que no se hizo nada, sólo algún maquillaje en algún pozo, pero acá hay que tomar cartas en el asunto: bajar los niveles de nitrato y arsénico a los máximos establecidos por la ley vigente. Todo lo que no sea esa disminución significa un incumplimiento y esto motivó la sanción de los Tribunales de Junín”.
No compromete
Por otra parte, Meza observó que el tema de una multa diaria de $ 800 y el perjuicio económico que esto provocaría en la población “fue el argumento insólito que tuvo la comuna, tratando de tapar el sol con las manos y empezando mecanismos de distracción”.
“Se dijo que queríamos enriquecernos con estas multas, a costas del dinero de la población, algo que significa desconocer lo que se dice en el expediente porque lo habíamos donado con destino a una planta potabilizadora”, aclaró.
“Además, pedimos que el dinero se extraiga de partidas que no sean esenciales para el funcionamiento municipal, como pueden ser viáticos de funcionarios, publicidad o parte de coparticipación provincial”, agregó.
Meza señaló que “en un presupuesto de 120 millones de pesos no puede ser afectado por 24 mil pesos mensuales, que no comprometen la prestación de servicios ni el pago de salarios”.
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