La Dirección General de Comercio Interior, a través de su cuerpo de inspectores multó y clausuró a Facilagro S.A. por incumplimiento a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor.
La denuncia fue presentada en el Departamento de Defensa del Consumidor de la Dirección de Comercio Interior, por un consumidor damnificado con la oferta realizada por un vendedor de la empresa Facilagro S.A., la que consistía en la adquisición de un automóvil, que luego de cumplido el pago de siete cuotas, le sería entregado al comprador.
El denunciante pagó tres cuotas de un plan de diez, para acceder a un sorteo del que sólo participó una sola vez y que de ninguna manera le aseguraba la adquisición del vehículo. Ante esta situación irregular, el consumidor solicitó el reintegro de las sumas abonadas.
La Dirección de Comercio Interior actuó como Autoridad de Aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y notificó al comercio, a los efectos de que concurra a las audiencias de conciliación previstas en la Ley.
Finalizadas las etapas de conciliación sin arribar a un acuerdo, se dictó el Auto de Imputación en contra de Facilagro S.A., por presunto incumplimiento al Art. 4 omisión de la información referida al contrato que la empresa celebró con el denunciante y el Art.19 incumplimiento de las condiciones de contratación ofrecidas por la empresa.
La oferta que motivó la contratación del denunciante es distinta a los contratos que se firmaron.
La empresa ofreció un plan destinado a adquirir un vehículo, asegurando su adquisición con el pago de la séptima cuota y en realidad el contrato celebrado tiene por objeto la capitalización de dinero y no un bien determinado. Por consiguiente, la empresa quedó imputada.
Al acreditarse la conducta ilegítima de la empresa, se dispuso una sanción de doce mil pesos por Disposición DGCI N°: 050, en virtud de lo establecido por el Artículo 47 inciso “b” de la Ley 24.240, para pagar en el plazo de 10 días hábiles.
El comercio fue notificado y ante el incumplimiento de lo dispuesto, fue clausurado por el término de cinco días hábiles.
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