El diputado provincial Anselmo Montes, del Partido Socialista Auténtico, presentó en la Legislatura de Chubut un proyecto para mejorar la participación ciudadana a través del derecho de la Iniciativa Popular que, consideró, debería implementarse de manera simple y ágil.
El legislador adujo que “la participación del pueblo a través de la presentación de proyectos de ley expresados como Iniciativa Popular quedó explícitamente establecido en la Constitución Provincial desde su origen”.
“La Honorable Convención Constituyente de 1957 cuando discutió la Iniciativa Popular siempre tuvo el espíritu de dejar establecido el derecho que tienen los ciudadanos a presentar proyectos de ley para ser tratados por la Legislatura, estableciendo en el cuatro por ciento del padrón electoral provincial, la cantidad de firmas necesarias para su presentación”, aseveró.
“El Proyecto Nacional y Popular indica que las políticas de Estado deben estar direccionadas al pueblo y, fundamentalmente, hacia aquellos sectores más vulnerables de nuestra sociedad, siempre con el objetivo de la justicia social, vale decir mayor inclusión, más debate y más participación en todos los ámbitos de compromiso de nuestra sociedad”, afirmó el parlamentario chubutense.
“En esa línea de pensamiento, la reforma propuesta a la Ley Xll-Nº 5 rescata la voluntad de nuestros convencionales en admitir más derechos para incluir a todos los sectores de la vida social, económica y política de nuestro pueblo”, argumentó.
INICIATIVA CIUDADANA
En la parte resolutiva del proyecto, el diputado plantea sustituir la redacción original, de modo tal que la recolección de firmas se realizará “en una planilla que deberá contener un resumen impreso del proyecto de ley, el nombre y número de documento del o los promotores de la iniciativa. Finalizada la recolección de firmas, el o los promotores entregarán ante la Secretaría del Tribunal Electoral Provincial las planillas con las firmas obtenidas”.
También promueve que el Tribunal Electoral Provincial efectué el recuento de las firmas y verifique por muestreo la condición de elector de los firmantes y su autenticidad, en un porcentaje no inferior al diez por ciento (10%). La constatación debe realizarse en un plazo no mayor de treinta (30) días desde su presentación”.
Una vez verificadas las firmas, “el o los promotores presentarán el proyecto de Iniciativa Popular, con la certificación del Tribunal Electoral Provincial, en la Legislatura de la Provincia del Chubut, tal como lo indica el artículo 3° de la presente Ley, dando trámite parlamentario al proyecto de ley, dentro del término establecido por el Artículo 263 de la Constitución de la Provincia del Chubut. Dicho plazo se entiende suspendido durante el período en que la Legislatura se encuentre en receso”.

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