El problema para la aplicación de la Ordenanza Nº 14.033 (que otorga excepción edilicia para obras de ampliación o refacción de edificios de prestación de salud), provocó que se produzca una modificación en su articulado, lo que sucedió en la última sesión del Concejo Deliberante.
Durante la discusión algunos ediles sostenían que era contraproducente que los indicadores urbanísticos diferenciados estén a cargo de la comuna capitalina, atento a los antecedentes de las excepciones a los edificios de altura que provocaron polémica así como el inicio de demandas judiciales de particulares afectados.
De acuerdo al dictamen favorable de la Comisión de Legislación General y Peticiones el Proyecto de Ordenanza de autoría de los ediles Carlos Saravia (UCR), Matías Cánepa (FPPV), Romeo Medina y Ariel Burgos (ambos del FS), la modificación introducida es la siguiente:
Artículo 1º: Los proyectos de ampliación, modificación y refacción de edificios destinados a prestar servicio de salud con internación, públicos y privados, serán tratados en forma particular con indicadores urbanísticos diferenciados que establezca la Municipalidad de Salta, a través de su Órgano Técnico de Aplicación. Las obras mencionadas deberán cumplir con las normas ambientales vigentes. Asimismo la ampliación, modificación y/o refacción que se pretenda realizar, deberá contar con la conformidad del Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
Se opusieron a esta modificación, los concejales Roque Rueda y Virginia López (ambos del PPS), Gladys Tinte (MLS), Lucrecia Lambrisca (FS), Norma Colpari y Gabriela Cerrano (ambas del PO).
El COMDUA tiene representantes de universidades, organismos públicos, entidades civiles e instituciones vinculadas a las problemáticas de planeamiento urbano ambiental.
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