La Legislatura modificó el artículo 1 de la ley de pase a planta que data del 2007, al incroporar un nuevo párrafo que otorga prioridad a las personas con discapacidad, que previamente hayan acreditado tal situación mediante el correspondiente certificado expedido por autoridad competente.
Las personas con discapacidad, que previamente hayan acreditado tal situación mediante el correspondiente certificado expedido por autoridad competente, incluidos en los programas y becas de empleos contemplados en el párrafo precedente, tendrán prioridad al momento de las incorporaciones y adquirirán el derecho a pasar a planta permanente del organismo donde cumplan tareas, en las condiciones que se establecen en los artículos siguientes”.
La propuesta partió de la diputada de la Alianza Alicia Mastandrea en coautoría con su par Hugo Maldonado, (proyecto 1233/11) que se analizó en la comisión de Hacienda y Presupuesto que emitió dictamen unánime aconsejando al Cuerpo su aprobación.
Los diputados de la alianza autores de la iniciativa plantearon como parte de los fundamentos que “las personas con discapacidad incluidas en becas y programas de empleo, cumplen sus tareas laborales en el mismo tiempo y espacio que quienes ya están incorporados al sistema, muchas veces con un mayor esfuerzo por su condición, por lo que merecen una solución inmediata a su situación laboral. A ser una minoría, se suele relegar a las personas con discapacidad al momento de la incorporación definitiva, siendo que se debería tener en cuenta el especial tratamiento basado en el 4% de los puestos que deben pertenecer a personas con discapacidad".
"Muchas de las personas con discapacidad han logrado independencia y establecido una familia, por lo que merecen recibir la remuneración apropiada a la función que desempeñan, de manera igualitaria a la de sus demás colegas. Hay que mencionar también que este tipo de programas no realizan ningún aporte ni quienes cumplen tareas laborales durante varios años en estos programas y becas no se toma en cuenta los años de antigüedad. Al estar dichas personas incluidas en estos planes no poseen ningún tipo de seguro laboral, es decir que ante cualquier accidente dentro del lugar de trabajo o al salir a realizar algún trámite pertinente, están indefensos ante cualquier incidente. Y una persona con discapacidad presenta un mayor riesgo, no solo por su condición, sino en gran parte por las negligencias edilicias e imprudencias de quienes deberían tomar recaudos para garantizar la accesibilidad apropiada”.
Por su parte el diputado Ricardo Sánchez jefe de la bancada Justicialista sostuvo en el Recinto que la ley que se sancionó con despacho unánime contempla un paso más adelante que da ésta Legislatura en materia de reconocimiento de la particular situación de las personas con discapacidad y en este caso modificamos el artículo 1 de la ley 6028 estableciendo que precisamente las personas con discapacidad que hayan acreditados esta situación tendrán prioridad al momento de las incorporaciones adquiriendo el derecho a pasar a plante permanente del organismo donde cumpla la prestación de la tarea” por lo que “queríamos dejar constancia que tal cual como lo venimos haciendo con muchas iniciativas legislativas también en este caso la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco contemplando la especial situación de las personas con discapacidad”.


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