El subsecretario de Desarrollo Humano y Familia, Daniel Real tiene una nueva función dedicarse a enviarles carta documentos a los medios independientes de Chubut, los destinatarios de estos aprietes vía carta documento son nuestros colegas de Rawsonline.
El subsecretario de Desarrollo Humano y Familia, Daniel Real, envió otra carta-documento a Rawsonline, exigiendo bajo intimación de acciones penales, que se publique que "niega expresamente" que haya malos tratos a menores en institutos de ese organismo. La carta-documento es una extensión de otra anterior, en la que se
pidió -con justicia-, que se eliminara de los registros el nombre de un
menor, error en el que había incurrido un lector, en los habituales
comentarios de las noticias, un método que hace a la libertad de
expresión de los ciudadanos.
El tramos sustancial de la intimación, dice lo siguiente:
"...considerando
que el artículo refiere graves denuncias, acerca del supuesto accionar
de empleados del Hogar de Niños de la ciudad de Trelew, en el que se
refieren hechos de vejaciones, abusos y maltrato a menores de edad,
este Organismo Provincial, en ejercicio del Art. 14 que contiene el
Derecho de Rectificación inserto en el Pacto de San José de Costa Rica,
el que posee jerarquía Constitucional, NIEGA EXPRESAMENTE que en
Instituciones que dependen de este Organo, y en las que se albergan
niños y adolescentes con derechos amenazados y vulnerados, los mismos
sean OBJETO de cualquier tipo de acto que implique vulnerar sus
derechos, los que se encuentran garantizados por la Legislación en
vigencia, (CIDN, Ley Nacional Nº 26.061, Ley Pcial Nº 4347 uy Normas
concordantes) GARANTIZANDOSELES su calidad de SUJETOS DE DERECHOS,
ofreciéndoseles espacios físicos en condiciones adecuadas de
habitabilidad, higiene, salubridad y seguridad, otorgándoseles un trato
DIGNO y RESPETUOSO de su calidad de como personas en desarollo, en un
ambiente de respeto y dignidad, y considerando por otra parte, la
responsabilidad social que posee ese medio de comunicación, de
garantizar la libre expresión del pensamieno y de las opiniones
particulares y la posibilidad de transmitir informaciones veraces y de
manera imparcial, existiend, una relación de "medio a fin" que, coloca
el derecho a la rectificación de las informaciones, como recurso para
proteger los derechos a la libre circulación de las ideas e
informaciones que tanto interesan a la sociedad, INTIMO PLAZO
PERENTORIO E IMPRORROGABLE DE SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) de
recepcionada la presente, proceeda a la PUBLICACION de la presente
misiva, ello bajo apercibimiento de iniciar las acciones Legales,
Civiles y/o Penales, las que en derecho corresponden".
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