Mitchell: “Lo que suspende la Corte es la licitación de obras”

Mitchell: “Lo que suspende la Corte es la licitación de obras”
La abogada, una de las profesionales que presentó el amparo, dijo que “los funcionarios municipales opinan y confunden a la gente”.

La polémica por el canje del actual predio de la terminal de ómnibus por la construcción de un nuevo edificio en el Complejo Municipal sigue dando que hablar.

En una reciente resolución, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar al planteo cautelar presentado por los abogados Mary Idelba Loris Mitchell, Ricardo Ernesto Biasella y Osvaldo J. Acerbo, sobre la inconstitucionalidad de la ordenanza 6.187/12 que autoriza al Departamento Ejecutivo a enajenar el terreno de la actual terminal de ómnibus. En la determinación, la Corte ordena a la Municipalidad de Junín “que suspenda los efectos de la Ordenanza Nº 6210/12 hasta tanto se dicte sentencia en las presentes actuaciones”.

Al respecto, Mary Mitchell aclaró que “la presentación que hicimos no fue en nuestra condición de abogados, sino como vecinos de Junín, con intereses individuales sobre el tema del medio ambiente”.

“Respeto los otros juicios de valor que he escuchado de funcionarios municipales, pero de ninguna manera han informado nada, con información cierta y veraz, sobre lo que dice el fallo”, agregó.

Tanto el concejal electo Patricio Fay como el secretario de Gobierno Mauro Gorer habían minimizado el fallo, asegurando que la ordenanza ya había sido derogada y anunciando que en cien días comenzarían igualmente los trabajos para la nueva terminal.

Al respecto, la ex jueza Mary Mitchell consideró que “como opinión es respetable porque es un derecho individual, pero desde el punto de vista informativo, han confundido mucho a la gente, que no entiende sobre el fallo de la Corte”.

Además, subrayó que la suspensión de los efectos de la ordenanza que ordena la Corte tienen resonancia directa sobre la licitación pública para realizar las nuevas obras, con lo cual éstas no podrían iniciarse sin contrariar la decisión judicial.

Qué dice la Corte

“La información correcta está en el mismo fallo, que todos pueden leer, porque está en la página de Corte, Secretaría de Demandas Originarias, expediente 72267. Todos los vecinos pueden leerlo, y verán que dice una cosa distinta a lo que han dicho los funcionarios municipales”, explicó Mitchell.

En este marco, aseguró que “la resolución es precisa: ordena a la Municipalidad suspender los efectos de la Ordenanza 2210, que elevó en exceso los indicadores urbanísticos a través de una ordenanza, que no fue convalidada por la Provincia”.

“El efecto de esta ordenanza producía en la licitación que llamaron públicamente en diciembre del año pasado, para ofertar el negocio inmobiliario compuesto. Por un lado está la construcción de la nueva Terminal, que se paga con la permuta del dominio del actual inmueble. Es un solo negocio, que se compone por dos partes”, explicó.

La abogada también observó que “esa licitación pública, que es un contrato vinculante, queda sellada por las condiciones que establece el pliego, la ley que rige este contrato. No puede ser alterado por las partes, porque cualquier alteración lo convierte en nulo”.

“Los efectos que manda suspender la Corte no es más ni menos que esta licitación, porque la ordenanza produjo efecto en esta licitación donde se hizo el negocio inmobiliario”, resaltó.

La letrada dijo que “en esto no hay posibles interpretaciones, sino que esto lo establece la letra de la resolución. Los efectos de la ordenanza alcanzan en plenitud a la licitación, con lo que intima a cesar preventivamente con las obras de construcción de la nueva terminal”.

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