El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca fijó nuevos aranceles para el servicios de desinsectación de vehículos contra la plaga del Picudo del Algodonero en los pasos fronterizos con las Repúblicas del Paraguay, Federativa del Brasil y de Bolivia.
"Resulta necesario (...) fijar nuevos montos en los aranceles que perciben las empresas que prestan dicho servicio a los efectos de adecuarlos a la realidad económica actual", señala la norma en sus considerandos.
Disparidad en flujo de vehículos
Asimismo, indica que "la marcada disparidad en el flujo de vehículos que ingresan por los pasos de frontera en los que se realiza la mencionada desinsectación, genera un costo diferencial para los prestadores de dichos servicios".
El transporte automotor y ferroviario deberá ser desinsectado contra la plaga en los pasos fronterizos con Paraguay, Brasil y Bolivia, y en las barreras internas, por el SENASA o las empresas habilitadas.
Deberán ser desinsectados los vehículos de carga vacíos (en lastre) o cargados, los de transporte de pasajeros y automóviles particulares en todas sus categorías, que ingresen a las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa, Salta y Jujuy.
Y que transiten por los puestos fitosanitarios internos ubicados en la provincia de Corrientes sobre la Ruta 14, en Yapeyú, Departamento San Martín, y sobre la Ruta 12, en Villa Olivari, Departamento Ituzaingó.
Material
Y el material rodante ferroviario de tracción y/o remolcado, al llegar al primer puesto, parada, estación o playa de maniobras y/o carga ferroviaria situada en territorio argentino.
En la Categoría 1 (Camiones con acoplado, semirremolques y transportes de cargas con capacidad de carga mayor a 9.000 kilos, transportes de pasajeros con más de 25 asientos), los aranceles van de $12 a $16, según dónde se realice la desinsectación.
En la Categoría 2 (Camiones sin acoplado, chasis y balancines y transportes de cargas con capacidad entre 1.000 y 9.000 kilos, autoportantes, transportes de pasajeros hasta 25 asientos), entre $9 y $12.
Para la Categoría 3 (pick-ups, autos particulares, utilitarios, carrozados, todo terreno 4x4 o similares, trailers, remolques y furgones), $3; y categoría 4 (material rodante ferroviario de tracción y/o remolcado), $10.
Asimismo, estableció una tasa de 15% sobre el arancel a las empresas prestatarias del servicio, en concepto de contraprestación de los servicios de control y supervisión. (Télam)
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