Minam regula gestión de residuos a cargo de municipios y empresas

Minam regula gestión de residuos a cargo de municipios y empresas

El Ministerio del Ambiente modificó diversos artículos de los reglamentos del Decreto Legislativo 1278 y de la Ley N° 29419, que regula la actividad de los recicladores.

De resultar improcedente la declaratoria de emergencia, el Minam emitirá recomendaciones.

Los municipios, las empresas operadoras de residuos sólidos (EO-RS) y los generadores del ámbito no municipal estarán obligados a registrar, en forma periódica, información respecto al manejo de estos desechos, según establece el Decreto Supremo N° 001-2022-Minam.

Mediante la norma, el Ministerio del Ambiente (Minam) modificó los reglamentos del Decreto Legislativo 1278, norma que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y de la Ley N° 29419, ley que regula la actividad de los recicladores.

 

 

Declaración

En su análisis del decreto, el estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados precisa que en el caso de las EO-RS deberán presentar el informe de operador sobre el manejo de residuos sólidos, con datos mensualizados, durante los 15 primeros días hábiles de cada inicio de trimestre.

Asimismo, de contar con infraestructuras de residuos sólidos, reportarán la Declaración anual sobre minimización y gestión de residuos sólidos no municipales sobre el manejo de residuos sólidos correspondiente al año anterior y el Manifiesto de residuos sólidos peligrosos.

El generador de residuos sólidos no municipales presentará la Declaración anual sobre minimización y gestión de residuos sólidos no municipales sobre el manejo de residuos sólidos correspondiente al año anterior, durante los 15 primeros días hábiles de abril; así como el Manifiesto de residuos sólidos peligrosos en los 15 primeros días hábiles de cada inicio de trimestre.

El bufete señala que en la norma se define como material de descarte a todo subproducto, merma u otro de similar naturaleza, que sea peligroso o no y resultante de los procesos de las actividades productivas, extractivas o de servicios, que constituya un insumo directamente aprovechable en el mismo rubro o giro, u otras.

Los titulares de las actividades deberán reportar anualmente la declaración de manejo de material de descarte mediante el Sistema de información para la gestión de residuos sólidos municipal y no municipal (Sigersol) durante los 15 primeros días hábiles de abril de cada año. En este sistema se presentarán también los documentos antes señalados.

 

 

Emergencia

La declaratoria de emergencia, como resultado de la inadecuada gestión y manejo de residuos sólidos, procederá cuando se verifique al menos una de las causales mencionadas en el decreto, entre estas la existencia de un potencial riesgo para la salud de las personas y la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, que ponga en riesgo la calidad y cantidad de estos 

Figuran, además, la afectación directa de áreas naturales protegidas y zonas de amortiguamiento, áreas de conservación regional, zonas endémicas y otros ecosistemas frágiles y hábitats críticos, áreas de patrimonio cultural y reservas indígenas y reservas territoriales, áreas donde habitan pueblos indígenas, entre otras.

El Minam, de oficio o a pedido de parte, evaluará la procedencia de la declaratoria de emergencia en un plazo no mayor de cinco días calendario posterior de la toma de conocimiento de la posible emergencia, explica el bufete.

Al día siguiente de tomado el conocimiento del hecho, el ministerio podrá requerir información a las entidades involucradas. Se señala que estas deben remitir la información requerida en un plazo no mayor de tres días calendario de formulada la solicitud, agrega

En caso de que resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Minam emitirá la resolución respectiva, en la cual fijará el ámbito territorial, el tiempo de duración y actividades mínimas que permitan atender la situación, y que no deberá exceder de 60 días, prorrogables por 45 días.

 

 

Plan

A la par, se incluirán las medidas inmediatas que ejecutarán las entidades, dentro de las cuales se dispondrá la elaboración de un plan de acción para atender la emergencia que se presentará al ministerio en un máximo de siete días contados desde la emisión de la resolución respectiva.

En caso de que resulte improcedente la declaratoria de emergencia, el Minam emitirá recomendaciones para revertir la situación objetivo de evaluación.

La segunda disposición complementaria final señala que los municipios actualizarán y/o aprobarán el cuadro de tipificación de infracciones y sanciones vinculadas a las obligaciones en materia de residuos sólidos en un máximo de 120 días hábiles.

 

Formalización

Las organizaciones de recicladores presentarán ante la municipalidad que desarrolló el Programa de Formalización de Recicladores y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos una solicitud para su formalización, indica el Decreto N° 001-2022-Minam.

En este pedido se adjuntará el formulario que incluya el nombre del representante de la junta directiva de la organización de recicladores y su número del documento nacional de identidad (DNI).

Así como los datos de la organización de recicladores (nombre de la asociación o de la mype, RUC, número de ficha de partida electrónica, domicilio legal y cantidad de socios y/o miembros)

Se sumará una declaración jurada que indique la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, de conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Además, se consignarán los datos de los recicladores (nombres y apellidos, DNI, edad, género, fecha de nacimiento, dirección, teléfono y correo electrónico de contacto y cargo que ocupa en la organización) y otros.

 

Cifra

 15 días hábiles es el plazo para evaluar las solicitudes de formalización de los recicladores

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