Media sanción al proyecto de compactación de vehículos

Media sanción al proyecto de compactación de vehículos

El Senado aprobó la norma que regula la disposición final de los automotores abandonados o secuestrados. El proyecto pasó a Diputados.

La Cámara de Senadores de Entre Ríos le dio media sanción a un proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el que la provincia adhiere a los alcances de la ley nacional 26.348. Se trata del marco normativo que refiere a la disposición final de los automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados.

La norma nacional establece que dichos vehículos deberán ser descontaminados y compactados en forma previa a su disposición en calidad de chatarra.

El texto sancionado por el Congreso Nacional en 2008 invitaba a las provincias a dictar normas para aplicar este mecanismo en su jurisdicción.

Además se sustituyó en ese entonces el artículo 238 del Código Procesal Penal de la Nación, el que ahora indica que “los objetos secuestrados que no estén sometidos a la confiscación, restitución, o embargo, serán devueltos tan pronto como no sean necesarios, a la persona de cuyo poder se sacaron. Esta devolución podrá ordenarse provisionalmente en calidad de depósito, e imponerse al poseedor la obligación de exhibirlos cada vez que le sea requerido. Los efectos sustraídos serán devueltos, en las mismas condiciones, al damnificado, salvo que se oponga a ello el poseedor de buena fe de cuyo poder hubieran sido secuestrados”.

En los supuestos de automotores que no corresponda su entrega a quien tenga derechos sobre ellos, o éste no se presente a retirarlos o no se lo pueda ubicar, a los seis meses se ordenará su descontaminación, compactación y disposición como chatarra. También puede ser en un plazo menor o mayor, si la autoridad judicial así lo resuelve.

Si después de la compactación aparece el dueño, se le pagará el valor de la chatarra resultante, previa deducción de los importes originados por la descontaminación y compactación.

Comentá la nota