El martes comienza el debate para reformar el Código Procesal Penal

Los diputados de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura neuquina iniciarán el análisis del anteproyecto. La iniciativa prevé pasar del actual sistema a uno del tipo acusatorio que incluye, entre otros aspectos significativos, la investigación judicial a cargo del fiscal, el juicio por jurados y un juez de garantías.
José Russo, presidente del bloque del MPN, destacó que el tratamiento será “parte de un proceso de reforma” y aclaró que “después van a tener que existir leyes complementarias que hagan operativo el código”.

El objetivo de la reforma es lograr una herramienta moderna de administración de justicia en lo penal.

Neuquén > “Un código es una cuestión muy compleja, tiene que tener coherencia en todos sus 270 artículos para que sea entendible y operable”, así definió el presidente del bloque de diputados del Movimiento Popular Neuquino, José Russo, a la tarea de reforma del Código Procesal Penal que comenzará este martes en la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura provincial.

Los integrantes de esa comisión recibirán el anteproyecto para comenzar su análisis, luego de que la semana pasada se realizara su presentación con la presencia de los representantes de la Comisión Interpoderes que se conformó para su realización.

Russo destacó que este tratamiento será “parte de un proceso de reforma”, ya que aclaró que “después van a tener que existir leyes complementarias que hagan operativo el código”.

Además, consideró necesaria la creación de leyes complementarias al nuevo Código Procesal Penal y mencionó entre ellas una nueva legislación del Ministerio Público Fiscal, que ordene a sus miembros.

“Otra va a ser la ley del colegio de jueces; se prevé que haya una modificación en la titularidad de los juzgados, ya que no va haber más juzgados sino que se asignarán jueces en el momento que corresponde, entonces también hay que regular eso”, ejemplificó.

Russo descartó que estas nuevas leyes paralelas a la reforma se puedan crear en lo que queda del año y de esta conformación de la Cámara.

“Igualmente es muy importante esta reforma. Hay que empezar desde lo más genérico a lo más específico para que no haya luego interpretaciones distintas sobre lo mismo”, manifestó el legislador.

Controversias

“Hay tres o cuatro controversias que se generaron en la realización del anteproyecto que se tendrán que dirimir, igual son poco importantes teniendo en cuenta el volumen de lo que estamos hablando, creo que hay amplísimas chances que se apruebe por unanimidad”, aseveró el presidente de la bancada oficial.

Entre estas cuestiones, Russo marcó que hace falta determinar “para qué instancias se utilizará el juicio por jurado, la situación de la querella, la querella múltiple, los pueblos originarios, cómo se involucran los pueblos originarios en un texto que además de darles especificidad no los quite de la ley para todos”.

En cuanto a la determinación de qué delitos se prevén para realizarlos con juicios por jurados, el diputado remarcó que ya se había determinado que era para los delitos con penas superiores a 15 años. “Por lo cual es improbable que haya delitos con esas penas para un funcionario público que haya pedido una coima, por ejemplo”, dijo.

Es que si bien la Comisión Interpoderes tuvo largos meses de trabajo, en el último mes el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) sugirió que la utilización del juicio por jurado sea además de para los delitos de violación y homicidio, para los delitos contra la administración pública.

Igualmente, tanto una idea como la otra están plasmadas en el texto que se entregará a los legisladores, y serán ellos los que tendrán la última palabra.

Por otro lado, Russo comentó que “habrá que hacer un uso de una técnica legislativa para que tenga una representación unívoca, muchas cuestiones se van a tener que ir discutiendo, además del posicionamiento de cada uno, se tendrán que acotar cuestiones de la redacción”.

Opinión

Es un cambio radical de paradigma

Por Dr. Andrés Repetto (*)

En estos días se ha comenzado a discutir en la Legislatura Provincial la reforma del Código de Procedimientos Penal. El proyecto, propuesto por una comisión integrada por miembros de los tres poderes del Estado, cambiará en forma radical el proceso tal y como hoy lo conocemos en caso de ser sancionado.

El código de procedimiento penal es una norma jurídica de singular importancia, ya que su función es la de regular la forma en que se realizan las investigaciones penales y el enjuiciamiento de los acusados de cometer delitos. El sistema previsto por esa norma debe ser compatible con los principios que emanan de la Constitución Nacional. El código vigente, llamado inquisitivo atenuado, no se adecua cabalmente a esos principios, de allí la necesidad de su urgente modificación.

En la actualidad el proceso se divide en dos grandes etapas. En la primera, llamada instrucción, es el juez quien dirige la investigación y procura la persecución de los presuntos responsables, mientras que el fiscal cumple un rol secundario, a pesar de ser el responsable de promover la acusación en contra de los sospechosos de cometer delitos.

Luego de individualizados los presuntos responsables de un delito y de recabadas las pruebas que sustentan la acusación, comienza la segunda etapa, llamada plenario. Es en esta etapa en la que se juzga en forma oral al acusado, y se determina si es o no el autor del delito, tal como postula la parte acusadora. El proceso finaliza con el dictado de una sentencia en la que se lo declara culpable o inocente, según se haya acreditado o no su responsabilidad.

La reforma propuesta tiene la virtud de adecuarse a los principios que emanan de la Constitución, separando en forma radical la función de investigar y acusar por un lado, de la de juzgar por el otro. Aunque parezca una obviedad, la Constitución Nacional dispone que los jueces sólo pueden juzgar, debiendo recaer la acusación en cabeza del fiscal (y eventualmente de la querella, según las atribuciones que le dé la ley). A pesar de ello el código actual confunde ambos roles ya que pone en cabeza del juez de instrucción la potestad de dirigir la investigación y determinar si el sospechoso debe o no enfrentar el juicio oral.

El proyecto dispone que la investigación y la eventual acusación dependerá en forma exclusiva del fiscal. Como consecuencia de ellos los jueces de instrucción desaparecerán, pasando a cumplir el rol de jueces de garantías, con la única función de dirimir los planteos que efectúen fiscales y defensores durante la etapa de investigación, velando por las garantías constitucionales de los acusados de delitos, y dándole a la víctima una mayor participación en todo el proceso.

Si bien pareciera que sólo estamos frente a un cambio de roles (lo que antes hacía el juez de instrucción ahora lo hará el fiscal), en realidad se trata de un cambio radical de paradigma. En la actualidad el acusado no puede esperar mayor imparcialidad del juez de instrucción, ya que es el propio juez quien lleva adelante la investigación. Conforme el proyecto será el fiscal quien investigue y acuse, con lo cual el juez asumirá un rol independiente de las partes en virtud de no estar involucrado de ninguna manera con la investigación y la consiguiente acusación, dependiendo ellas exclusivamente del fiscal.

El sistema de juzgamiento es en esencia un método pacífico de resolución de conflictos. Bajo esa premisa el acusado se enfrentará al fiscal en condiciones de igualdad jurídica, siendo el juez quien en definitiva dirima el conflicto con ecuanimidad e imparcialidad. Al quitarle al juez toda posibilidad de involucrarse directamente con la investigación y la acusación se garantiza a las partes su imparcialidad.

Otra importantísima modificación del sistema actual es la incorporación del ciudadano como una parte esencial del sistema judicial. En el proceso actual son jueces profesionales quienes dictan sentencia luego de que la causa llega a juicio oral. El proyecto prevé que en algunos casos (delitos graves o en los que se encuentren involucrados funcionarios públicos) la declaración de culpabilidad o inocencia pasará a depender de un grupo de ciudadanos convocados como jurados, reservando al juez profesional la conducción y dirección del debate.

Se trata pues de una reforma largamente esperada y que ajustará su funcionamiento a las normas constitucionales, dando así un decisivo paso adelante en el mejoramiento de la calidad institucional del Poder Judicial.

(*) Juez de la Cámara Criminal I de la ciudad de Neuquén.

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