Malestar de empresarios ante disposición que obliga cerrar locales gastronómicos de 5 a 6.30

Responsables de cafeterías y restaurantes ubicados en calle Alem expresaron su “disconformidad” con una ordenanza impulsada por el Departamento Ejecutivo y aprobada por el HCD que establece que ese tipo de comercios deben cesar su actividad entre las 5 y las 6.30. Según manifestaron, la disposición los perjudica ya que con antelación habían contratado personal para trabajar durante las 24 horas.
A través de un nota presentada ante el HCD, el titular de la cadena de restaurantes “Manolo”, Avedis Sahakián, dejó constancia de su “expresa disconformidad” con la ordenanza registrada bajo el número 20.099 que restringe la actividad de establecimientos gastronómicos entre las 5 y las 6.30, y que afecta puntualmente al local ubicado en calle Alem esquina Almafuerte, debido a que en ese horario la concurrencia de personas a desayunar es “masiva”.

A su entender, su firma “no puede ser incluida en la restricción del horario, toda vez que no vulnera los bienes jurídicos que se pretenden tutelar”. “Nuestra empresa protege el medio ambiente, no provoca contaminación sonora, el público que concurre no afecta al orden público y la apertura durante las 24 horas no afecta al descanso de los vecinos”, fundamentó.

En ese marco, subrayó que “la cuadra en la que se inserta nuestra explotación es diferente a las demás porque se caracteriza por servicios tanto para la población de toda la ciudad como para los vecinos del lugar”, tras lo cual remarcó que dicho comercio “ofrece servicios específicamente para toda la familia, cumpliendo regularmente con las ordenanzas sobre el expendio de bebidas alcohólicas; es más, nuestro local tiene como servicio exclusivo el expendio de comidas, siendo la bebida un complemento”.

Al enumerar algunos de los inconvenientes que generan la aplicación de la nueva regulación, Sahakián hizo hincapié en que “habitualmente, durante la temporada de verano, el local funciona las 24 horas”, por lo cual “en la planificación de la temporada se contrató personal para rotar en turnos de 8 horas”.

Por ello, cuestionó el hecho de que “abruptamente, el día 17 de enero de 2011, se exigió el cumplimiento de dicha ordenanza” y consideró “arbitraria” la inclusión del negocio dentro de la normativa; motivo por el cual reclamó que se excluya al establecimiento de la disposición.

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