Será restituida a docentes jubilados una bonificación que primero fue suspendida y luego derogada afectando a aquéllos que se jubilaron entre el 1 de abril de 2002 y el 30 de junio de 2005.
Se trata de los premios que se otorgaban al momento de jubilarse, cuatro sueldos a docentes con 25 años de antigüedad y de seis sueldos a quienes se retiraban luego de 30 años de servicios, que el Gobierno de entonces dispuso primero suspender y posteriormente derogar.
PAGAN DE NUEVO
En 2005 se logró que se implemente nuevamente el pago y quienes se jubilaron de allí en adelante percibieron la bonificación, y la lucha gremial se centró en lograr que los afectados en la franja detallada, como corresponde, percibieran sus premios.
SE PAGARÍA
De acuerdo con lo que se nos informó desde la UEBP, se dictó la Ley correspondiente. El año anterior no se abonó, pero ahora estaría todo en orden para proceder al pago, que se efecutará de acuerdo con los salarios de entonces más la actualización bancaria correspondiente.
IPS SIN AUTORIZACIÓN
También se nos informó que el Instituto de Previsión Social no tiene la autorización para recibir reclamos ni certificar firmas, pero la UEBP, en Balcarce 959, en el horario de atención al público, entrega las planillas correspondientes a quienes les corresponde el beneficio, explicó Elsa Vicario, titular del gremio docente local.
GANAR TIEMPO
Elsa Vicario explicó que las planillas se están confeccionando para ganar tiempo y tenerlas listas al momento en que el IPS las reciba, apuntando que el trámite lo podrán presentar los interesados ante el Instituto, o también entregarlos a la UEBP que realizará el envío a la FEB para que se proceda a su presentación en el IPS, a la liquidación y pago.
"EL RECLAMO SE CONCRETA"
Vale recordar que días atrás, con la firma de Elsa María Vicario, secretaria general de la UEBP, en un comunicado a los afiliados sobre la "Ley de premio", apuntaba que "el reclamo se concreta".
En el informe se daba cuenta a los docentes jubilados entre el 1 de abril de 2002 y el 30 de junio de 2005, inclusive, "que en la sede gremial, en los horarios de atención, pueden retirarse los formularios de solicitud de pago del premio atrasado, Ley 14.196, y una vez cumplimentados se enviará a la FEB para ser presentado ante el IPS".
ALGO JUSTO
Lo cierto es que los trabajadores docentes que en su momento se acogieron al beneficio jubilatorio en el lapso que medió entre la suspensión y posterior derogación del beneficio podrán cobrar lo que realmente les corresponde, derecho que había sido cercenado, algo que por supuesto es motivo de satisfacción del gremio y una buena noticia para quienes se vieron perjudicados por la medida tomada en su momento.
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