Letra del decreto que aumenta a la Policía y a los agentes del SPB

Letra del decreto que aumenta a la Policía y a los agentes del SPB
El decreto que firmó el Ejecutivo incluye no sólo al personal encuadrado en la Ley 13982 (Policía de la Provinica de Buenos Aires), sino, también, a los agentes enmarcados en el Decreto-Ley 9578/80 (Servicio Penitenciario bonaerense
El decreto con el que la Provincia dio por terminada la discusión salarial con un sector del a Policía rebelde, incluye, también, al Personal del Servicio Penitenciario, agentes de una fuerza de seguridad bonaerense encuadrados en el marco del decreto Ley 9578/80.

Según el decreto al que accedió INFOCIELO, la resolución que firmó hoy el gobernador bonaerense estipula que “Visto el expediente 2100-973212/13, mediante el cual se propicia incrementar la bonificación especial prevista en el Decreto 54/11para los agentes de Seguridad comprendidos en los regímenes de la Ley 13.982 (Personal de Policía de la Provincia de Buenos Aires) y del Decreto Ley 9578/80 (Agentes Servicio Penitenciario bonaerense)”

De sólo cuatro artículos, el decreto establece en su parte resolutiva:

Artículo 1: Incrementar a partir del 1 de enero de 2014 la bonificación NO remunerativa NO bonificable establecida en el decreto Nro 54/11 en pesos dos mil ($2000) con carácter de incentivo para los agentes de las Fuerzas de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires comprendidos en los regímenes de la Ley 13982 y Decreto Ley Nro 9578/80, que se encuentren a la fecha en actividad y cumpliendo con la prestación efectiva de los servicios.

Artículo 2: Establecer en concepto de compensación de gastos por mantenimiento de uniforme y equipos, imputables a la partida principal 3: Servicios no personales, previstos en los decretos Nro 86/97 y Nro 1015/97, y modificatorios en la suma fija de pesos ochocientos setenta ($870) a partir del 1 de septiembre de 2013 para todo el personal comprendido en los mencionados decretos.

De forma, el artículo 3 estipula que el presente decreto “será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía; Seguridad y Jefatura de Gabinete de Ministros” más la orden de “registrar, comunicar y publicar en el Boletín Oficial”.

En los considerandos del mismo, la Provincia contempla que dado que “el Personal de las Fuerzas de Seguridad que realiza tareas debe cumplir, en muchos casos y según la dependencia en que revistan, servicios extraordinarios para el mantenimiento de la Seguridad Pública, con el fin de brindar a los habitantes de la Provincia de Buenos Aires el pleno goce y ejercicio de sus derechos, libertades y garantías constitucionales: Que, en consecuencia, deviene necesario incrementar la bonificación no remunerativa y no bonificable en carácter de incentivo prevista para el referido personal en el Decreto Nro 54/11”

“Que asimismo –continúa el decreto en sus considerandos- “corresponde aumentar la compensación de gastos a dicho personal contemplado en el Decreto Nro 86/97 y 1015/97 y modificatorio”.

Finalmente, aclara que “la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el decreto 144 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires”.

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