La Cámara de Diputados aprobó anoche el Presupuesto provincial 2011 que envió el Poder Ejecutivo y que prevé ingresos de 6.011.124.949 pesos. Este monto de recursos representa un importante incremento con relación al de este año, que fue de 4.268.240.954 pesos.
De esta manera, la provincia contará en 2011 con 1.742.883.995 pesos más que lo presupuestado para este año que finaliza. En tanto, el Ejecutivo fija en 5.930.575.033 pesos el total de erogaciones previsto para el año próximo. De esta manera, se prevé un superávit de 80.549.916 pesos.
Cabe recordar que el Presupuesto 2010 registró un aumento del 11,65 por ciento con respecto al del año anterior, mientras que en esta oportunidad, el incremento de lo presupuestado para 2011 ronda el 40 por ciento con respecto al de este año.
En cuanto a los gastos, se prevé un total de 5.930.575.033 pesos, de los cuales 5.657.460.033 pesos corresponden al Poder Ejecutivo; 143.120.000 pesos al Poder Judicial; y 129.995.000 pesos al Poder Legislativo.
El Presupuesto 2011 también contempla una drástica reducción en los servicios de la deuda pública de la provincia, que se fijó en 23.841.514 pesos. En el presupuesto 2010, el monto en este rubro fue de 110 millones de pesos.
El proyecto aprobado anoche por la Legislatura contempla también la cesión de amplias facultades hacia el Poder Ejecutivo, ya que autoriza a éste a “incrementar y reestructurar las erogaciones, los recursos y el financiamiento estimados, en la medida que las modificaciones sean necesarias para el desenvolvimiento de los servicios y el cumplimiento de los objetivos del Estado”.
También se autoriza al Ejecutivo a “disponer las modificaciones que sean necesarias en el presupuesto general, para el funcionamiento, constitución, transformación y disolución de organismos descentralizados, desconcentrados, autárquicos, fondos fiduciarios, empresas públicas o con participación estatal que se originen en disposiciones legales dictadas al efecto y sociedades públicas o privadas, así como para incorporar ingresos adicionales que resulten de la recaudación de rubros correspondientes a los mismos y originar créditos que de ellos se deriven; a tal efecto, podrán incrementarse los respectivos totales de erogaciones y recursos”.
Asimismo, se autoriza al Ejecutivo a celebrar acuerdos bilaterales con la Nación en los términos previstos en la Ley de Responsabilidad Fiscal y otros programas de financiamiento, reestructuración, compensación y la pertinente instrumentación y aplicación.
En otro artículo, se autoriza al Ejecutivo a renegociar los contratos que tengan por objeto la prestación de servicios públicos y a realizar las gestiones y operaciones económicas, financieras, bursátiles y todo otro acto o medida de reestructuración, normalización y ordenamiento de concesiones, privatizaciones y de los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable, desagües cloacales, transporte y todos los demás servicios de carácter provincial.
De la misma manera, se faculta al Ejecutivo “a contraer obligaciones financieras cuando las necesidades de caja o de ejecución de obra pública, de desenvolvimiento del Estado, reestructuración o cancelación de deuda pública lo exijan, pudiendo garantizar las mismas con los recursos provenientes de la Ley 23.548, el régimen que lo sustituya o de otros ingresos provenientes de regímenes de cualquier naturaleza de distribución de recursos de origen nacional”.
En otro articulado, se autoriza al Poder Ejecutivo para que “realice las gestiones, arbitre las medidas, procesos, acciones, su instrumentación y ejecución, necesarias para reestructurar y cancelar la deuda pública provincial y para constituir fondos a tales efectos”.
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