No es legal aplicar multas por falta de tarjetas de Estacionamiento Medido

No es legal aplicar multas por falta de tarjetas de Estacionamiento Medido
Lo dictaminó el Juzgado Correccional Nº 2. Esto porque la ordenanza fue derogada por la nueva norma en la cual se utilizará el celular para adquirir tiempo para estacionar
Tiempo atrás el concejal Nicolás Maiorano denunció que la Municipalidad estaría realizando infracciones en el Estacionamiento Medido de manera irregular. “Las actas confeccionadas serían nulas”, destacó el edil radical.

“En virtud que la Ordenanza Nº 20.829 modifica el sistema de estacionamiento por tiempo medido tarifado en la vía pública, derogando la antigua reglamentación y estableciendo como únicos medios de pago por estacionamiento medido, mediante SMS y tarjeta prepaga y eliminando el sistema de tarjeta reglamentaria que se adquiría en la vía pública, sin embargo existen denuncias de vecinos de que se estarían realizando infracciones según el viejo sistema”, indicó el edil radical.

Por ello Maiorano requirió al ejecutivo precisiones al respecto y declaró: “Si esto es así estamos claramente ante un vacío normativo, puesto que la ordenanza 20.829 deroga la utilización de la conocida tarjeta de estacionamiento y la aplicación de la nueva ordenanza requiere el dictado de un decreto reglamentario que fije las pautas principales para su operatividad, como por ejemplo: proveedor de sistema; modalidad de pago y comercialización, impresión de tarjetas, etc. Y el ejecutivo aun no lo ha dictado”.

Finalmente la justicia le dio la razón al concejal de la UCR, tras un recurso que interpuso un vecino que fue infraccionado por no tener tarjeta de estacionamiento medido. El Juzgado Correccional Nº 2 dictó sentencia y absolvió al automovilista.

Los hechos

El 17 de julio de 2012 el titular del Juzgado Nº 3 del Tribunal de Faltas, Pedro López Martucci, dicto sentencia condenatoria en contra de un ciudadano imponiéndole la pena de multa $ 325 por falta de tarjeta de Estacionamiento Medido.

Posteriormente el 15 de julio el infraccionado interpuso recurso de apelación ante ello el juez del Juzgado Correccional Nº 2, solicitando se revoque la sentencia.

Como explicó el edil Nicolás Maiorano, la nueva ordenanza sobre estacionamiento medido en el art. 28, deroga expresamente las ordenanzas 5914 y 15044 que regían el estacionamiento medido. Es decir que la nueva norma por la cual se podrá adquirir tiempo de estacionamiento mediante el teléfono celular y el mensaje de texto, derogó el uso de tarjetas de estacionamiento.

Por ello el juez del Juzgado Correccional Nº 2, dictó que “la presunta infracción constatada no es tal, por cuanto la exigencia de tarjetas reglamentarias que habiliten el estacionamiento medido ha perdido vigencia. Por ello corresponde revocar la sentencia dictada por el inferior y absolver libremente”

A partir de esta resolución de la justicia queda preguntarse si las otras actas confeccionadas por personal de Tránsito no son nulas, por falta de normativa que las respalde, y en consecuencia todo el procedimiento posterior también, como ser las sanciones pecuniarias y administrativas impuestas a los supuestos infractores.

Al respecto el concejal Maiorano había dicho que “la Municipalidad estaría incurriendo en un enriquecimiento sin causa, por lo cual hemos presentado también un proyecto de ordenanza solicitando que se devuelva el dinero que mal se le ha cobrado a los supuestos infractores y se le quite cualquier otra sanción administrativa”.

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