Lanzaron la primera etapa de la moratoria con diversos beneficios para los contribuyentes

Un plan de regularización de pagos lanzó ayer el Municipio con el objetivo de lograr la cancelación de tasas pendientes. Desde la Dirección de Rentas se brindaron los detalles sobre descuentos que tendrán vigencia hasta el 30 de junio en el Partido de Pergamino.
El Municipio, a través de la Dirección de Rentas, confirmó que está en vigencia la primera etapa del plan de regularización de deudas para las tasas, derechos, contribución de mejoras y/o resultantes de convenios celebrados con anterioridad, vigentes o caducos, con descuento total de multa por omisión; asimismo se trabajará con beneficios parciales de recargos moratorios según diversas modalidades u opciones tanto para deudas comunes como en gestión judicial.

Más detalles

Carlos Ayestarán, director de Rentas, señaló que “desde el 1º de este mes y hasta el 30 de junio está en vigencia la etapa uno del plan de facilidades de pago que brinda la posibilidad de pagar las deudas municipales de distintas formas como, por ejemplo, de contado con un descuento del 45 por ciento de los intereses y esa modalidad podrá ser dividida en tantos cheques como resten del año.

“Lo bueno del plan son las opciones, no sólo se puede pagar de contado sino que se dan opciones de 10, 24 y 60 cuotas, también hemos agregado una reprogramación de los planes de pago celebrados con anterioridad y que por algún motivo se dejaron de abonar algunas cuotas.

“Los interesados en esta moratoria deberán acercarse a las oficinas de la Dirección de Rentas, Florida 831, de lunes a viernes de 7:15 a 13:15.

“La moratoria también abarca las deudas en gestión judicial y para tal fin la atención se brinda en la oficina de Asesoría Letrada que funciona en el cuarto piso del Edificio del Correo, Echevarría 707, aunque aquí el descuento en todos los casos es 20 puntos menos que las deudas sin gestión judicial. Mientras que los interesados en las tasas de derechos de cementerio deberán hacerlo en la administración del mismo”.

La moratoria

Pago contado total, opción Nº 1, se establece para los contribuyentes que cancelen totalmente su deuda vencida un descuento en los recargos moratorios según cronograma que se estableció; además se estipula y como opción dentro de la presente modalidad, la posibilidad de que el vecino pueda cancelar el monto de la liquidación de contado total en hasta 9 pagos mensuales, iguales y consecutivos afianzando la obligación mediante la entrega de cheques de pago diferido, con la salvedad de que el vencimiento de la última cuota no podrá exceder diciembre de este año.

Pago contado parcial 50 por ciento, opción Nº 2, se estipula para los contribuyentes que cancelen como mínimo la mitad más uno de todos los períodos adeudados de su deuda vencida en un descuento computable respecto del monto regularizado en los recargos moratorios según cronograma.

Pago contado fraccionado, opción Nº 3, se contempla para las personas que cancelen una cantidad de cuotas vencidas inferiores a la opción Nº 2, un descuento computable respecto del monto regularizado en los recargos moratorios según cronograma.

Planes de pago, opción Nº 4, se establece la posibilidad de acceder por parte de los contribuyentes a un plan de pagos de hasta 10 cuotas mensuales iguales y consecutivas o de hasta 24 cuotas mensuales iguales y consecutivas por las deudas vencidas donde obtendrán un descuento en los recargos moratorios según cronograma o a un plan de pagos que exceda las 24 cuotas y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin aplicación de descuentos en los recargos moratorios. El interés de financiación a aplicar a estos planes es del uno por ciento mensual en los planes de hasta 10 cuotas, el 1,5 por ciento mensual en los planes de hasta 24 cuotas y el 2 por ciento mensual en los planes de hasta 60 cuotas.

Plan reprogramación, opción Nº 5, se brinda la posibilidad por parte de los contribuyentes de acceder durante el presente ejercicio a una reprogramación de su plan de pagos ya celebrado en condiciones de ser caducado o no, incluyendo en la misma la deuda exigible y no exigible, siendo factible confeccionar un nuevo plan contadas las distintas opciones que se articulan en esta ordenanza. Además estará contemplado que pueda incluir períodos comunes devengados y adeudados. El descuento en los recargos moratorios será aquel que se estipule según cronograma.

Plan automático, opción Nº 6, la ordenanza faculta al Ejecutivo a establecer hasta diciembre de este año para las deudas sin gestión judicial de tasas de Red Vial, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Servicios Sanitarios y Alumbrado Público, un plan automático de hasta 6 cuotas mensuales y consecutivas para las deudas vencidas a una fecha determinada por el mismo Ejecutivo. El mismo tendrá el descuento en los recargos moratorios según cronograma y este plan con su opción de acogimiento y pago podrá ser enviado al domicilio del contribuyente, considerándose que el mismo aceptó el plan con el pago de la primera cuota.

Acciones

En los casos en que los contribuyentes accedan a opciones en las que afiancen las obligaciones con la entrega de cheques de pago los mismos serán recibidos por la Tesorería Municipal emitiendo ésta un recibo provisorio de cheques diferidos.

En las opciones o modalidades, la deuda en gestión judicial podrá ser regularizada independientemente de la deuda común que se registre, siendo facultad de Asesoría Letrada aceptar o denegar la elección del contribuyente por una opción o modalidad, y además en este caso la aplicación de descuentos en los recargos moratorios para las opciones de regularización a la que acceda será inferior en 20 puntos a los descuentos originales del programa.

Los planes encuadrados en esta ordenanza estarán en condiciones de ser caducados cuando se registre un atraso de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas. Los pagos efectuados hasta la caducidad, en ese caso, se imputarán a las obligaciones más antiguas deducidas de la deuda actualizada a la fecha de la caducidad.

Se establece la posibilidad de que los contribuyentes con convenios de pagos celebrados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza puedan optar por condiciones más ventajosas de ésta, tomándose los pagos efectuados en la forma descripta en el párrafo anterior. Asimismo el Ejecutivo tendrá la facultad de prorrogar la fecha establecida como fin de la etapa 1, con corrimientos de fechas necesarios y concordantes y además podrá prorrogar por el primer trimestre del ejercicio 2012 las condiciones de pago que se establecen para diciembre de este año.

On line

Asimismo se recordó la puesta en marcha de consultas y liquidaciones a través de la página de Internet del Municipio. A través de este sitio el contribuyente puede abonar sus tributos estén en Pergamino o fuera de la ciudad.

Ingresando al sitio Web: www.pergamino.gov.ar/online se puede ver el estado de los tributos y también imprimir la boleta para después ir a un centro de pago sin necesidad de recibirlo en el domicilio. “Teníamos reclamos de contribuyentes con inmuebles en el Partido pero viven en otras ciudades; esta gente llamaba porque no les llegaba la factura y generaba problemas con los vencimientos. Por tal motivo, con esta puesta en marcha, no existirán inconvenientes de este tipo”, subrayaron en la Dirección de Rentas.

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