El intendente del Municipio de Lanús firmo el decreto Nº 666 que fija las pautas y plazos para la percepción del cobro del impuesto automotor correspondiente al ejercicio en curso.
a) Modelos-año 1990 y 1991: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en el artículo 17º de la Ley Nº 13.003
b) Modelos-año 1992 y 1993: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en el artículo 20º de la Ley Nº 13.297
c) Modelos-año 1994 y 1995: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en los artículos 19º y 21º de la Ley Nº 13.404
d) Modelos-año 1996 y 1997: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en los artículos 19º y 21º de la Ley Nº 13.613
e) Modelos-año 1998: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en los artículos 22º y 24º de la Ley Nº 13.930
f) Modelos-año 1999: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en los artículos 33º y 35º de la Ley Nº 14.044
Percibir el impuesto a los automotores correspondiente al año 2011 de los vehículos modelos 1990 a 1999 inclusive, en las siguientes fechas y proporciones:
CUOTA % VENCIMIENTO
1 25 (veinticinco) 15/06/2011
2 25 (veinticinco) 15/09/2011
3 50 (cincuenta ) 15/12/2011
Fijar en el 50% la bonificación sobre el impuesto anual dispuesto por el artículo 13º de la ley 13.010, sujeto a las siguientes formalidades, plazos y acciones:
a) La bonificación será concretada sobre la totalidad de la cuota Nº3.
b) El contribuyente deberá acreditar la contratación del seguro de responsabilidad civil hacia terceros y la realización de la verificación técnica vehicular, ambas vigentes a la fecha de la presentación, la cual deberá efectuarse hasta el 31/10/2011.
c) Para hacerse acreedor al beneficio, al vencimiento del plazo para la acreditación dispuesta en el inciso b), el contribuyente deberá tener canceladas las dos primeras cuotas del corriente año y no registrar deuda en mora por períodos anteriores ni por planes de pago.
d) En los casos de altas o bajas durante el transcurso del año, la bonificación que se otorgará será del 50% sobre el impuesto anual proporcional que corresponda recaudar a este municipio.
El Departamento Tributos sobre Bienes, dependiente de la Dirección de Economía, Finanzas y Producción, tendrá a cargo la gestión y control del cobro del Impuesto a los Automotores de los vehículos radicados en Lanús, transferidos por la Provincia de buenos Aires, tanto para el ejercicio en curso como así también para la deuda que los mismos registren por períodos anteriores aplicando la normativa vigente para los tributos municipales sobre el período en mora, a partir de las bases de datos recibidas del fisco provincial.
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