La Justicia reclama mejoras en los lugares de detención

Ayer se desarrolló en sede de los tribunales penales del barrio Roca, la audiencia de habeas corpus correctivo solicitada por la Oficina de Asistencia a las personas privadas de su libertad, dependiente de la Defensa Pública.

El motivo de la presentación fue la condición de superpoblación de las Seccionales 4° y 5°, como del estado de los pabellones de la Seccional Séptima de policía.

La fiscalía se refirió a la gravedad de la situación y coincidió sobre el estado y condiciones de las personas detenidas. El juez intimó al Poder Ejecutivo provincial a tomar medidas urgentes para modificar la situación.

Presidió el acto el juez penal Mariano Nicosia; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Juan Carlos Caperochipi, en carácter de fiscal jefe subrogante; la Oficina de Asistencia a las personas privadas de su libertad, dependiente de la Defensa Pública en cabeza de Matilde Cerezo, Viviana Barillari y Vanesa Vera.

También se encontraban presentes en la sala el jefe de la Unidad Regional, José de la Cruz Castillo y Rodrigo García Palumbo, director General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social, de la Secretaría de Seguridad y Justicia de la provincia del Chubut.

Las defensoras en un primer lugar se refirieron a la superpoblación y hacinamiento de las seccionales 4° y 5° y las condiciones de la Séptima. Los internos no pueden convivir adecuadamente y debe cesar esta violación a los derechos humanos básicos, como agua, poder caminar o extender su cuerpo, señaló la Defensa.

Esta vulneración de derechos debe cesar ya que contradice las Constituciones Nacionales y provinciales, la Convención Americana de Derechos y Deberes del hombre, entre otros, añadieron las defensoras.

Las penas deben tener un fin resocializador para que las personas puedan reintegrarse a la sociedad. Solicitando se adopten medidas urgentes o la liberación anticipada de los detenidos en la medida en que se lo permita, la morigeración de la prisión preventiva con medidas sustitutivas a ésta; y el acceso a la libertad condicional y salidas transitorias adelantadas.

También solicitaron se informe al Colegio de jueces y al Juzgado federal para que tomen conocimiento cuando dispongan de una persona detenida.

Por su parte, el fiscal jefe planteó la gravedad de la situación y coincidió con la Defensa sobre las apreciaciones y condiciones del estado de detención de personas privadas de su libertad. El Ministerio Público Fiscal realiza inspecciones permanentes a las dependencias policiales y los últimos días de septiembre se han realizado varias, aseguró.

En tal sentido informó que las seccionales mencionadas adolecen de las condiciones necesarias para el alojamiento de detenidos. Sin embargo, el fiscal no coincidió con la defensa en la recuperación de la libertad o medidas morigeradas.

La libertad es una medida muy extrema, y las medidas sustitutivas son de difícil cumplimiento, argumentó el acusador público. La respuesta no puede pasar por la liberación de los detenidos ya que éste no es un problema de ahora, sino que es de larga data, añadió.

También se refirió a la preservación de la seguridad de la población en general; solicitando al juez que arbitre los medios necesarios para intimar a las autoridades pertinentes para que comiencen a dar respuesta a esta situación.

Luego se les concedió la palabra al jefe de la Unidad Regional y al director General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social, quienes se comprometieron a solucionar la situación.

Intimación al Poder Ejecutivo

Finalmente, el juez penal Mariano Nicosia resolvió hacer lugar al habeas corpus correctivo colectivo, coincidiendo con las partes con la gravedad de la situación planteada, intimando al Poder Ejecutivo provincial a que adopte medidas urgentes para modificar la situación denunciada, de superpoblación y condiciones indignas de detención, dentro de un plazo de 5 días para que comiencen los trabajos de reacondicionamiento de la seccional séptima, y de 30 días para reducir el número de internos de las seccionales 4° y 5°.

Coincidiendo con la fiscalía que previo a resolver medidas relativas a la libertad de las personas detenidas debe darse una oportunidad al Poder Ejecutivo Provincial para que resuelva la situación.

Para su control se fijó una audiencia dentro de 30 días y en caso de no cumplir se adoptará las medidas directas en atención a lo propuesto por la defensa. Fuente: Prensa del Ministerio Público Fiscal

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