La Justicia rechazó un pedido de Metrogas para subir las tarifas

La jueza en lo Contencioso Administrativo Rita Ailán le negó a la empresa un recurso de ampara que pretendía aplicar un acuerdo tarifario que el Gobierno nunca puso en práctica. “Fue un hecho ostensiblemente ilegítimo”, argumentó la firma. Sin embargo, la magistrada señaló que “no hubo arbitrariedad ni ilegalidad” por parte del Estado

La jueza en lo Contencioso Administrativo federal Rita Ailán rechazó un recurso de amparo presentado por la empresa Metrogas, que pretendía aplicar un aumento tarifario pautado en 2008 pero que no fue implementado por el Gobierno y aseguró que no existe "arbitrariedad" o "ilegalidad" por parte del Estado, como había argumentado la compañía.

"No advierto dentro del ámbito de este proceso la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta que se invoca, lo cual es determinante del rechazo de la acción, consideró la magistrada de acuerdo a la agencia estatal Télam.

Metrogas había presentado el recurso de amparo "por omisión" porque no se implementó un aumento tarifario que había sido pautado en el llamado "Régimen Tarifario de Transición" firmado el 1 de octubre de 2008 entre la empresa y el ENARGAS.

Según la presentación, el nuevo cuadro tarifario debía ponerse en práctica en marzo de 2009, pero no se hizo "sin explicación alguna" y en forma "ostensiblemente ilegítima", según había sostenido Metrogas en el recurso rechazado por la Justicia.

Desde el Ministerio de Planificación se respondió que el tema tarifario no es judiciable y que, en todo caso, el amparo no resultaba la vía correspondiente.

La empresa fue intervenida el 17 de junio pasado por 120 días por disposición del Enargas para realizar una "disposición y control" de todos sus movimientos, recordó también el fallo.

“Las circunstancias de admisibilidad de la acción de amparo excluye que pueda convertirse en una instancia en que los jueces asuman facultades propias de otras autoridades públicas o poderes o se constituyan en revisores de su actuar dentro de las normas respectivas o incluso que se someta al control judicial el desempeño de funcionarios u organismos para juzgar su acierto o desacierto cuando el mismo no resulta arbitrario en forma evidente”, resaltó Ailán.

Y advirtió que "el intento de amparizar el acceso a la justicia con la inquietud de obtener una respuesta rápida a los reclamos eludiendo las vías procesales normales que deben seguirse, desvirtúa el sentido del mismo”.

"El amparo es un proceso excepcional sólo utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que por carencia de otras vías aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales", afirmó la magistrada.

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