A través de una resolución, el titular del Décimo Sexto Juzgado en lo Civil rechazó la medida precautoria solicitada por cuatro vecinos de la 5ª Sección, mediante la cual se pretendía la suspensión de la aplicación de la Ordenanza 3.788/2010, modificatoria del Código Urbano y de Edificación de la Ciudad de Mendoza.
A través de una resolución, el titular del Décimo Sexto Juzgado en lo Civil rechazó la medida precautoria solicitada por cuatro vecinos de la 5ª Sección, mediante la cual se pretendía la suspensión de la aplicación de la Ordenanza 3.788/2010, modificatoria del Código Urbano y de Edificación de la Ciudad de Mendoza.
La medida fue requerida en el marco de acción de amparo interpuesta por un grupo de vecinos, a través de la cual solicitaron la inaplicabilidad de la ordenanza municipal para la zona de residencia en calle Boulogne Sur Mer, en el tramo comprendido entre calles Olegario V. Andrade y Sargento Cabral. El Municipio, atento al planteo judicial de los amparistas y lo resuelto por el Tribunal, informó que se encuentra vigente el Código Urbano y de Edificación con las modificaciones aprobadas por dicha ordenanza. Por lo que ya está permitido construir según esa ordenanza.
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