Dando por acreditada la existencia de un delito, el juez Gustavo Herrera procesó a 35 personas por la ocupación ilegal de una chacra ubicada en cercanías al barrio Labraña. Se trata de la denominada usurpación “del club de golf”, puesto que está ubicada detrás del club de tiro. Por ello, Herrera –a cargo del Juzgado de Instrucción 6- ordenó que se arbitren los medios para la restitución de la propiedad a sus dueñas.
Por ello, procesó por usurpación a 35 de 48 personas imputadas, que ingresaron “mediante el uso de la fuerza” al predio y “despojaron parcialmente de la posesión del terreno a Fernanda González Montiel y Alfonsina González Montiel, quienes han acreditado fehacientemente su legítimo derecho de propiedad sobre el lote en crisis”.
Herrera explicó que “la usurpación había sido liderada por la familia Castillo-Polanco, contra quienes el Fiscal promovió acción penal. Posteriormente se identificó al resto de los ocupantes”, pero estimó que “a partir de allí, se produjo una división entre los ocupantes, un grupo liderado por (Carmen) Castillo comprendió la situación, la ilicitud de su accionar y se mostraron predispuestos a desocupar el lugar. Otro grupo minoritario, liderado por Carlos Peña desconció las tratativas y frustraron toda solución pacífica”. Por eso, planteó que “no todas las personas se encuentran ocupando el predio en cuestión, estimo que son muchos menos de los indagados”.
El juez convocó a los estados municipal y provincial a buscar soluciones alternativas al conflicto, y valoró que “el Ejecutivo municipal procuró una solución alternativa al desalojo, realizando una serie de conversaciones y buscando terrenos alternativos. Sin embargo, todo el esfuerzo se frustró por la negativa de unos pocos”.
Herrera afirmó que para "hacer cesar la usurpación, sólo se puede mediante desalojo. Por cuestiones humanitarias y antes de llegar a una medida extrema, entiendo pertinente una mesa de diálogo a las autoridades de los poderes ejecutivos provincial y municipal y los imputados que se encuentran ocupando el predio, con el fin de lograr una solución del conflicto a través de un método conciliatorio y la desocupación del predio en forma pacífica".
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