Justicia ordena que den lugar a un alumno en el CET 2

Justicia ordena que den lugar a un alumno en el CET 2
La Cámara Laboral de San Carlos de Bariloche hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la madre de un estudiante y ordenó al Consejo Escolar Zona Andina que inscriba al joven como alumno regular. El tribunal llamó a contemplar “la realidad familiar” del menor.

La presentación realizada por la madre de un joven estudiante, consignó que en el mes de noviembre de 2013 se realizó el sorteo de las vacantes y su hijo no salió sorteado. En este sentido, la mujer destacó que el establecimiento escolar es el más cercano a su domicilio y permitiría un mejor desarrollo de la “dinámica familiar”.

Según se indicó, la mujer tiene a su cargo a sus tres hijos ya que su esposo padece una discapacidad motriz severa. Por ello, los Jueces destacaron en el fallo que " no sólo debe tenerse presente el derecho del menor, garantizado tanto constitucionalmente como por una ley nacional, a concurrir a la escuela más cercana a su domicilio sino que también, al momento de establecer un orden de prioridad para el destino de las vacantes, debe considerarse y contemplarse la realidad familiar del menor, por sobre las prioridades establecidas por el Consejo Provincial de Educación; todo ello a los fines de garantizar el bienestar y el interés superior del niño".

Por su parte, el Consejo de Educación Zona Andina argumentó que las vacantes se otorgan en relación a la matrícula disponible, la capacidad edilicia de la Institución y siguiendo un orden de prioridad. “Asimismo informó que la vacante a primer año para el alumno está asegurada pero no en la Escuela solicitada ya que aceptó participar de un sorteo donde no fue asignado”, se detalló en el informe emitido por el Poder Judicial.

Entre los fundamentos del fallo, la Cámara Laboral consideró que “cualquier interferencia en el acceso a la educación implica, en sí mismo, la violación a un derecho amparado constitucionalmente”.

“Conforme surge del expediente en trámite y de la factura de teléfono acompañada el domicilio de la amparista tiene a la escuela CET Nº 2 como la más cercana a su domicilio, no así la que le ha sido asignada -CEM 20- cuyo domicilio es Albarracín 450”, argumentaron los magistrados.

Atentos a la composición familiar, aseguraron: "Claramente el hábitat familiar en el que se desenvuelve el menor no pueden ser ignorado”.

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