La Justicia ordenó al IPSS cubrir una cirugía bariátrica

El magistrado consideró que la urgencia y el riesgo, necesitaba una respuesta rápida y eficaz para evitar que la paciente continúe padeciendo las graves dolencias hasta que se cumpla con el trámite administrativo.
En este sentido se aconsejaba la cirugía por el exceso de estrógeno de origen periférico, por lo que se debía garantizar un derecho básico como es el de la salud, máxime cuando está en juego valores de la vida, la dignidad y la libertad humana.

Mantuvo el magistrado que el Estado no debe interferir sino que debe proporcionar prestaciones positivas. En este aspecto recordó que la Organización Mundial de la Salud, declaró que la obesidad será declarada peste durante el siglo 21

También puntualizó el Juez Domínguez que la obra social debiera haber tenido en cuenta la verosimilitud de la relación entre cáncer de mama y obesidad "para adoptar una conducta de prevención respecto de la salud de su afiliada, autorizando la práctica quirúrgica solicitada con los informes del equipo multidisciplinario que la atiende".

Por lo tanto y ante esta resolución de la justicia la obra social deberá cubrir en forma total, acercando los medios necesarios para su realización, con los costos que esta demande como internación, honorarios médicos, material quirúrgico y el tratamiento para tratar esta patología.

Cirugía bariatrica

La cirugía bariatrica o de la obesidad se realiza en aquellos pacientes que padecen obesidad severa o mórbida , que a través de las dietas y/o tratamientos clásicos no han podido descender y mantener el peso descendido a largo plazo. Es una técnica que se realiza hace más de 40 años.

Las técnicas que se utilizan actualmente son mínimamente invasivas o laparoscópicas, con pequeñas incisiones en el abdomen (menores a 1 cm) que disminuyen el trauma quirúrgico, el dolor posoperatorio, siendo la recuperación con un rápido retorno a la actividad laboral diaria.

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