Hace seis años que Carolina y su hijo menor de edad luchan contra la adversidad en Buenos AiresHace seis años que Carolina y su hijo menor de edad luchan contra la adversidad en Buenos AiresEl diario porteño Página/12 publicó una nota donde se da cuenta de un hecho inédito ya que por primera vez la Justicia ordena al gobierno porteño que garantice a una mujer y a su hijo discapacitado una vivienda en alquiler.
Su caso fue atendido ahora por la Justicia porteña que, por primera vez, le ordena al Gobierno de la Ciudad que otorgue a una familia una solución habitacional por fuera de los planes asistenciales transitorios, como hoteles y paradores: el juez dispuso que, en un plazo de cinco días, se le brinde a la familia “una vivienda adecuada al estado de salud del menor”, con un baño instalado, luminosidad, ventilación y todos los servicios básicos. El fallo es del 17 de noviembre. Pasado más de un mes, el gobierno no apeló la sentencia pero tampoco cumplió con lo ordenado y la familia sigue en riesgo de ser desalojada.
La resolución es consecuencia de la acción de amparo presentada por Carolina Rodas, de 31 años, con el patrocinio de la defensora oficial Lorena Lampolia. Su hijo M. A. R. nació en 2000, un mes después del fallecimiento de su padre. A los tres años de vida, los médicos del Hospital Madre del Niño, de Formosa, le detectaron una anormalidad en la zona dorsal, por lo cual fue operado. Pero luego de esa intervención, el chico comenzó a sufrir incontinencia de orina y heces, por lo cual los profesionales le sugirieron continuar con el tratamiento en el Hospital Garrahan.
Una osadía por un lugar donde vivir
Según consta en la causa, Carolina y su hijo se alojaron durante algún tiempo en una obra en construcción donde trabajaba como sereno el hermano de ella. Hasta que fue desalojada. Luego se albergó, durante dos años, en el Hogar Dr. Esteban Maradona, y posteriormente alquilaron cuartos en distintos hoteles, hasta que, por falta de pago, quedaron a la intemperie.
En 2010 se inscribieron en el Programa Familias en Situación de Calle, del gobierno porteño, donde cobraron diez cuotas de 700 pesos. Con ese dinero alquilaron un cuarto en un hotel, en la calle Solís al 1700, pero en julio de este año dejaron de percibir el subsidio y desde entonces, sólo pueden pagar, en forma esporádica, algunos días de alquiler.
“Trabajo en una casa de familia, en Belgrano, pero algunos días a la semana”, contó la mujer al diario porteño y a Radio Uno. Cobra en promedio 60 pesos semanales más 180 del programa Ticket Social y 973 de la pensión por discapacidad de su hijo. El niño “a veces se queda solo, a veces lo cuida mi hermana”. Ella lo llevó todos los días a la escuela, en colectivo, hasta Chacarita, “porque allí empezó y ahí tiene a sus compañeros”. Por su afección, el chico no puede ir al baño solo y necesita de asistencia en promedio cinco veces al día.
En agosto, Carolina pidió la renovación del subsidio habitacional mediante una nota al Ministerio de Desarrollo Social porteño. Le respondieron que era inviable porque ya había recibido la totalidad del beneficio. También se inscribió en la oficina de la Dirección de Empleo de la Ciudad, donde aún no recibió ningún ofrecimiento laboral.
Presentación judicial
En medio de esta situación extrema, Carolina recurrió a la Defensoría General, que patrocinó su acción de amparo. Un argumento decisivo de su pedido es el informe del médico Federico Segura, quien consideró acreditado que el lugar donde vivieron hasta ahora Carolina y su hijo “no cuenta con baño privado, no siendo recomendable por la alta predisposición a enfermedades del tracto urinario, dado que debe ser cateterizado cinco veces al día”.
Ante la demanda, el juez en lo Contencioso Administrativo Guillermo Scheibler consideró admisible el reclamo, “ante la amenaza de sufrir un perjuicio irreparable”. Si bien en un principio el juez ordenó al Gobierno de la Ciudad que incluya a la familia en “alguno de los programas habitacionales vigentes”, luego, en una segunda sentencia dispuso que se le otorgue una vivienda adecuada al estado de salud del menor M. A. R.”.
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