Una medida cautelar obliga a Movistar a retirar la estructura de la torre en un plazo de veinte días. La antena está sospechada de producir severos daños a la salud en vecinos. Por otra parte, la Defensoría del Pueblo acusó al Municipio de Quilmes de falsear información en otra causa sobre antenas.
La estructura en cuestión –que pertenece a la empresa Movistar– sería peligrosa para la salud y funciona sin habilitación desde el año 1999. El recurso de amparo contra la empresa y la Municipalidad de Quilmes que derivó en la decisión de Armella se presentó a fines del año pasado. Analía Oyola –una de las vecinas que participó de la comisión de antenas en el Concejo Deliberante- es quien había presentado el amparo con el patrocinio la Defensoría.
Previo al fallo del magistrado, el Municipio hizo una propuesta de trasladar la estructura a la papelera Quilmes (ex Massuh). Este planteo fue rechazado por la Defensoría del Pueblo. "La propuesta fue poco seria, lo único que buscaba era dilatar la resolución del juez", afirmó Lezcano. Además, el adjunto alegó que había fallas formales y de fondo, porque no se presentaba ni la aprobación de la sindicatura de la quiebra de Massuh, ni el consentimiento del juez para efectuar el traslado.
La firma Movistar –perteneciente a Telefónica S.A– puede apelar la decisión de Armella. Pero igual debe desmantelar la antena porque la medida cautelar que dictó el juez es de carácter ejecutivo. Para esto, tiene veinte días que correrán desde el momento en que la notificación llegue a la empresa. También será notificado el Municipio.
Estevao aseguró que el fallo de Armella sienta jurisprudencia para otros casos similares. El Defensor del Pueblo se mostró satisfecho porque el dictamen "va sumando para la aplicación del principio precautorio que establece que, ante la duda –sobre la nocividad o no de las antenas-, hay que estar a favor de la salud de la población."
Los vecinos de la antena de Irala y Nilo plantean que muchas muertes que se dieron en el lugar tienen que ver con tumores que habría provocado la radiación que emite esa estructura.
La antena está ubicada a una cuadra de un colegio, a media cuadra de un jardín y a cinco de la clínica General Belgrano, todos lugares que la legislación comunal considera de riesgo. Vale recordar que el artículo 7º de la ordenanza 11028/08 prohibía la instalación de antenas a menos de 400 metros de escuelas o establecimientos de salud. El intendente Francisco Gutiérrez vetó ese artículo porque consideró que se refería a todo tipo de antenas (policía, radios, bomberos, etc.) y no sólo a las de telefonía celular.
Lezcano concluyó: "Si vamos a la Justicia es porque el Municipio no cumple, puntualmente la Secretaría de Medio Ambiente y el Ejecutivo en general."
Acusan al Municipio de "falsear información"
Estevao y Lezcano afirmaron que el Municipio de Quilmes "falseó información" en otra causa sobre antenas de telefonía celular. Se trata de un recurso de amparo que presentó el doctor Carlos Álvarez –otro participante de la comisión de antenas del HCD- contra la municipalidad por una antena que está dentro del colegio "Don Bosco". Esta demanda se tramitó en el Juzgado Penal Juvenil Nº 1 a cargo del Dr. Juan Carlos Pachioretti, quien dictaminó a favor del Municipio.
Lezcano dijo que "el Municipio, en la contestación de demanda, falseó mucha información. Viendo el expediente y yendo a la realidad de los expedientes municipales, uno puede darse cuenta de esa falsedad. Ahora, estamos recabando toda la documentación para presentarnos a la Justicia y, luego, iniciar un nuevo amparo ante la Justicia Federal".
Los representantes de la Defensoría del Pueblo destacaron la tarea del magistrado Armella y, por eso, aseguraron que tramitarán los próximos recursos de amparo ante el Juzgado Federal (Javier Fuego Simondet).

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