La Justicia obliga al Ipross a cubrir el tratamiento de un discapacitado

Son prácticas en foaudiología, psicopedagogía y psicología, además de una maestra auxiliar. El presupuesto mensual: 2.240 pesos.
El juez Marcelo Gutiérrez (Juzgado Civil 3) hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por el padre de un menor de edad “ordenando al Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross) que arbitre los medios y recursos necesarios para asegurarle y brindarle de modo inmediato y continuado al menor la asistencia y cobertura “integral” de los tratamientos prescriptos por los facultativos intervinientes”. El menor de edad padece una discapacidad, por lo que su padre interpuso el amparo para que “la obra social cumpla con la cobertura integral del 100% que les corresponde a las personas con discapacidad acreditada con el certificado emitido por autoridad competente”, según la sentencia del magistrado.

Los familiares del menor adjuntaron al amparo el presupuesto en base a las sesiones de fonoaudiología, psicopedagogía y psicología recomendadas por el instituto especializado Consultorios Integrales de Rehabilitación. El costo mensual de las prácticas, según ese presupuesto, es de 2.240 pesos mensuales. Además, se ordenó facilitar la ayuda escolar a través de una maestra integradora.

En el fallo del titular del Juzgado 3 se planteó que la obra social provincial deberá “abstenerse de requerirle y aplicarle al afiliado el sistema de reintegro de gastos”.

En la fundamentación del fallo, Gutiérrez contempló que "la cobertura en caso de afiliados con discapacidad debe ser total, e integral, y por lo tanto debe cubrir el 100% de las prestaciones, sin cobro de coseguro, y sin obligar al afiliado a abonarlas previamente y requerir luego el camino del reintegro”.

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