La justicia dictó una resolución a favor de un trabajador que había sido despedido por la Cooperativa

La Cooperativa deberá reincorporar provisoriamente al trabajador, y se abre una nueva instancia judicial. Podría haber sanciones, dice el gremio, s no se acata el dictamen.
El Tribunal de Trabajo Nº 2, del Departamento Judicial de Mar del Plata, resolvió hacer lugar a la medida cautelar presentada por el trabajador Leandro Belén, en los autos “Belén c / Cooperativa de Electricidad de Balcarce Ltda., “según el Expediente Nº 53.961.Según el gremio, “el mencionado trabajador había sido despedido el 22 de enero de este año de la Cooperativa por el solo hecho de haberse afiliado al Sindicato de Luz y Fuerza Gral. Pueyrredón (adherido a la FATLYF )”.De esta manera , la resolución cita que a) “ la Cooperativa deberá reincorporar provisoriamente al trabajador, en el plazo de dos (2) días hábiles de tomar conocimiento de la presente y hasta que recaiga sentencia definitiva, bajo apercibimiento de aplicar una multa (art.666 bis del Código Civil) a razón de pesos cien ($100) por cada día corrido de demora en efectivizar la medida ; b) abone al trabajador dentro de los dos (2) días hábiles de notificada la presente y a cuenta de mayor cantidad la suma de pesos un mil ( $ 1.000 ) mensuales por cada período impago y c) simultáneamente, dentro de los diez (10) días hábiles del anoticiamiento de este resolutorio, liquide detalladamente tales mensualidades”. “Consecuentemente, nuestro proceder silencioso y por sobre todo, en respeto a las instituciones balcarceñas, han tenido como único resultado la justicia necesaria para que los trabajadores continúen confiando en las estrategias de este modelo sindical”, dice el comunicado dio a conocer el gremio.

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