Según la reglamentación sancionada esta semana por el Banco Central, los jubilados y pensionados contarán con ese beneficio. Además, tendrán una tarjeta de débito, similar a las de los trabajadores activos.
Los bancos pagarán con este nuevo sistema a jubilados, pensionados, beneficiarios de planes de ayuda social y trabajadores a los que no les es aplicable la ley de Contrato de Trabajo, entre otros destinatarios.
Esta nueva “Cuenta sueldo/de la seguridad social”, permitirá a los jubilados y pensionados, extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad financiera, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones, “ni distinción alguna entre clientes y no clientes", dijo el BCRA.
De esta manera, se permitirá la acreditación de las remuneraciones normales y habituales y otros conceptos derivados de la relación laboral, incluyendo los importes correspondientes a las asignaciones familiares.
La norma establece que las remuneraciones percibidas por los trabajadores a los que no les es aplicable el Régimen de Contrato de Trabajo, podrán pagarse mediante su acreditación en una “Cuenta sueldo” abierta en una entidad financiera a nombre de aquellos.
Y que no habrá límite de extracciones de dinero en efectivo ni costo alguno para el trabajador en cuanto a su apertura, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario.
Asimismo, estas condiciones alcanzan al pago de prestaciones de la seguridad social (haberes pasivos), de pensiones no contributivas y de todos los planes o programas de ayuda social que sean implementados por el Gobierno Nacional.
Por último, la Ley invita a las jurisdicciones provinciales a extender su aplicación en el marco de su competencia.
La Ley 26.704 fue sancionada el 5 de septiembre pasado, promulgada el 5 de octubre y entró en vigencia hoy.
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