La denuncia penal se inició a raíz del pago de una jugosa indemnización por despido al ex Contador de la CEZ Santiago Frías, quien fuera despedido con justa causa en el año 2003 por la Intervención Judicial. Mangini - con dinero de la CEZ- pagó más de $300.000,. por su indemnización en el año 2009, mientras se hallaban en curso tres causas penales por irregularidades en el desempeño de Frias como Contador de la CEZ.
La IPP 2213/11 , cuya instrucción está acargo de Pablo Bueri en la Fiscalía descentralizada de Zárate, ya citó a declarar al abogado Claudio Mario Funes, quien factura como apoderado de la Cooperativa Eléctrica de Zárate y reside en la localidad de Pergamino.
Funes se negó a declarar invocando el “secreto profesional” (sic).
En rigor, esto es improcedente ya que el tal Funes es abogado de la CEZ, no de las personas que puedan ser imputadas del delito, a saber: Mangini, Ripari, Odobez, y todo el Consejo de Administración.
A Funes los asociados de la CEZ le pagan jugosísimos honorarios para defender a la entidad, y no a las personas que circunstancialmente puedan administrarla, denunciadas de cometer delitos contra la masa social.
Aunque la confusión de roles para ser la norma en el caso de Mangini, ya que se lo vio a Funes acompañandolo en el litigio privado que mantiene con su ex mujer por los bienes propios de esta, que fueran apropiados por el abogado Mangini y que el sábado pasado debieron ser restituidos por vía judicial.
El Caso Frías: una historia de piratas
Santiago Fabian Frías fue despedido en el año 2003 como Contador de la CEZ por la intervención judicial, “Por considerarlo responsable de ciertas maniobras realizadas en perjuicio de la entidad que consistían en la erogación de elevadas sumas de dinero que la entidad cooperativa había efectuado a favor de una empresa denominada Briskly S.A, la que según la denuncia efectuada por empleados de la entidad presentaba al cobro facturaciones ficticias por contraprestaciones que resultaban inexistentes, no obstante lo cual el contador FRIAS había ordenado su cancelación con cheques emitidos por la cooperativa.”
La nueva gestión surgida de las históricas elecciones de julio del 2003, se presentó como "particular damnificado" en la denuncia penal contra Frías por esas irregularidades formulada por la Intervencion, así como en otras contra ex funcionarios removidos.
Esa causa penal, –IPP 59868/03, UFI 1-, a pesar de las promesas que la agrupación “Zárate de Pie” había colocado en su plataforma, nunca fueron impulsadas por José Luis Mangini a partir del año 2004, especialmente después del alejamiento del síndico Pablo Milanesi , quien terminó su mandato en octubre de ese año, y del primer asesor letrado de la nueva gestion, Marcelo Olmos, quien se alejó a fines del 2004 por su total desacuerdo con el rumbo que le daba Mangini a las cuestiones legales.
Fue justamente a mediados del año 2005 cuando, con las causas penales en curso, Frías igual decide iniciar un juicio indemnizatorio por despido contra la CEZ.
En el año 2009 la causa laboral, que lógicamente no podía prosperar hasta que se dilucide la previa cuestion penal que causó el despido, insólitamente llegó a buen puerto.
La CEZ le pagó a Frías una jugosa indemnización, a pesar de que la causa penal, por el solitario impulso de la fiscalía actuante, seguía su curso e impedía el pago de indemnización alguna al despedido.
Leamos parte del texto de la denuncia presentada hace dos meses por el abogado Jorge Marcelo Olmos contra Mangini, Ripari, Odobez y demás miembros del Consejo por este pago indebido:
“En fecha 12 de mayo de 2009 el Agente Fiscal a cargo de la investigación penal, Dr. Camilo Antonio Quiroga, en virtud de lo dispuesto por los artículos 334 y 335 del Código Procesal Penal se presenta al Señor Juez de Garantías solicitando la elevación a juicio de las actuaciones de la IPP 18-00-059868-03, por considerar acreditado prima fascie que entre los meses de julio y agosto de 2002 el Sr. SANTIAGO FABIAN FRIAS, DNI. Nº16.956.535, en su carácter de contador de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Limitada de Zárate en connivencia con otros funcionarios de la Cooperativa, por disposición de un acto jurídico y en forma ardidosarecibieron de la sociedad Briskly S.A. integrada por los Sres. Andrea Caballero y Juan Martín Caballero, con el fin de procurar un lucro indebido para sí y para esos terceros dos facturas apócrifas, en las que se detallaba el desarrollo y puesta en marcha de un programa de activos fijos y actualización del sistema administrativo contable que nunca se implementaron, entregando FRIAS dinero por parte de la Cooperativa Eléctrica de Zárate como contraprestación en seis cartulares, provocando con dicho accionar un perjuicio económico equivalente a la suma de los montos descriptos en los mismos. Que a tales fines se arbitró una mecánica defraudatoria entre los miembros de la CEZ y los socios de la firma Brisky S.A. consistente en que en la CEZ se confeccionaron dos órdenes de compra para confeccionar luego dos órdenes de pago por la suma de $ 33.220,00.- que fue cancelada con la entrega de sendos cheques.
Que el Agente Fiscal pudo probar que los hermanos Caballero suscribieron una actuación notarial con el fin de constituir la firma Briskly S.A. la que nunca fue inscripta en la Inspección General de Personas Jurídicas y si bien figuraba en la nómina de proveedores de la CEZ no surge que haya tenido giro comercial, calificando el accionar de los imputados, entre ellos el contador FRIAS, como mecánica estafatoria ardidosa y considerando que el hecho encuadraba típicamente en la figura de defraudación reiterada en dos oportunidades y administración fraudulenta (artículos 554, 172 y 173 inc. 7º del Código Penal).
Sin embargo sorpresivamente, cuando había finalizado la instrucción penal preparatoria y tras producirse el requerimiento de elevación a juicio, como se ha dicho, en fecha 12 de mayo de 2009, en el mes de agosto de 2009, es decir tres meses después del requerimiento fiscal, entre los apoderados legales de la Cooperativa, Dres. FUNES Y AIELLO y el actor en el juicio laboral referido, SANTIAGO FABIAN FRIAS, DNI. Nº16.946.535, se celebra el acuerdo conciliatorio obrante a fojas 1902/1903 que el Tribunal interviniente homologa en fecha 16 de septiembre de 2009, por la totalidad de los rubros reclamados, con costas a cargo de la demandada, tal lo pactado a fs 1902 vuelta punto F)… a cuyo efecto, y según los trabajos realizados, lo convenido y solicitado, regula los honorarios de la representación letrada de la actora en $ 40.000,00.-, de la representación letrada de la demandada conjuntamente y sin perjuicio de su posterior discriminación en la suma de $ 40.000,00.-, del perito contador en la suma de $ 10.000,00.-, y del perito médico en la suma de $ 10.000,00.-, con más adicionales de ley según lo disponen los artículos 1, 9, 16, 21/4, 28, 43, 51 ley 8904), y el 21% de IVA en caso de acreditarse su inscripción al mismo.
Es decir que las actuales autoridades de la Cooperativa en virtud del acuerdo conciliatorio mencionado le abonaron al ex empleado SANTIAGO FABIAN FRIAS la suma declarada de doscientos mil pesos ($ 200.000,00.-) por los rubros reclamados en el juicio laboral, tomaron a su cargo la cancelación de los honorarios de la representación letrada del actor por la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000,00.-), los del perito contador por la suma de diez mil pesos ($ 10.000,00.-) y los que eventualmente pagaron a los propios abogados de la Cooperativa que suscribieron dicho acuerdo y que también fueron regulados en la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000,00.-).”
Pero esto no termina aquí.
En abril del 2011, dos años después de pagarle en forma indebida a Frías una indemnización laboral de $200.000.- más $100.000.- de costas, la CEZ acepta la propuesta del abobado de Frías en la causa penal para “resarcir” a la CEZ por la defraudación de Frías con la suma de… MIL PESOS.
A ver si se entiende: el mismo abogado Funes –siguiendo ordenes de Mangini, Ripari, Odobez, etc-, acepta un resarcimiento de $1.000.- por parte del ex Contador al que la misma CEZ le pagó meses antes $200.000.- por su indemnización.
Un dato todavía más absurdo: a Funes, que firma la aceptación de los MIL PESOS para dejar libre de culpa y cargo a Frías, le regularon por la causa laboral $40.000.- de honorarios, obviamente a cargo de la CEZ.
Otros $40.000.- le pagó la CEZ al abogado de Frías en su juicio laboral, Gaston De La Fare.
Y otros $40.000.- más, aproximadamente, pagó la CEZ por peritos y otras costas.
¿Se entiende?
Al pergaminense Funes le regularon 40 mil pesos por pagarle indebidamente a Frías 200 mil pesos, y luego “perdona” en la causa penal a Frias a cambio de “$1.000.-” para la CEZ.
No sabemos si cobró los 40 mil o si cobró 100 mil, o nada, ya que se desconoce el pacto de honorarios que firmó el "Grupo Pergamino" con Mangini. grupo que tambien compone, insólitamente, el "Auditor Externo" de la CEZ, José Marino.
Todo esto se hizo siguiendo órdenes de José Luis Mangini y , al menos, con conocimiento de Secretario Carlos Ripari y el Tesorero Angel Odobez
Esta es solo una de las causas penales por administración fraudulenta y otros delitos que enfrentan quienes traicionaron la voluntad de transparencia de todo un pueblo.
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