El Gobierno dice estar decidido a combatir el derroche de agua y anunció un endurecimiento en el costo de las multas que empezará a regir desde la semana que viene. Los nuevos valores representan un aumento de 100% y de 172% según la gravedad del caso. Con esta medida, más la ampliación en el horario de restricción de uso, pretenden optimizar el agua en la temporada que se viene.
La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el boletín oficial y desde el Gobierno estimaron que será el lunes. No obstante, sólo son 10 inspectores los disponibles para controlar el derroche, tal como se supo cuando la empresa de Aguas los puso en funciones. En ese mismo acto, el titular de Aysam, había prometido ser piadoso con los derrochadores primerizos. En la práctica queda por verse qué sucederá.
La primera vez que se encuentre a un mendocino derrochando se le cobrará $160. Si reincide el monto se eleva a $320, a $640 la tercera y así sucesivamente. El período para considerar la reiteración de la infracción es de dos años.
Por otra parte, el uso de agua potable extraída de conexiones clandestinas será penado con una multa inicial de $2.000, que también se duplicará en el caso de reincidencia. Además esa transgresión está sujeta a acciones penales.
La nueva empresa de aguas está autorizada además a pasar a los infractores reincidentes al sistema de consumo medido más exceso: podrá colocar en la vivienda un medidor para cobrarle la cuota fija habitual más un adicional según lo que registre el medidor.
Lo que está prohibido
Algunas actividades que consumen agua potable están prohibidas durante todo el año, como el riego de calles pavimentadas y el lavado de veredas con agua de manguera, mientras que la limpieza de automóviles sólo está permitida con balde.
Por otro lado, durante el período estival (del de septiembre al 31 de marzo) se agregan algunas actividades restringidas entre las 8 y las 22: el riego de jardines, de calles no pavimentadas y el llenado de piletas.
Emplazan a los proveedores
La nueva normativa del EPAS apunta también a los proveedores. El artículo 1º de la nueva resolución les ordena “tomar las medidas técnicas para evitar fugas en sus sistemas de producción y distribución de agua potable y presentar en 30 días al ente regulador un plan de detección y control de las mismas así como de detección y anulación de conexiones clandestinas”.
Además autoriza a los operadores a realizar convenios con municipios u otros entes estatales para aumentar la cantidad de inspectores que vigilan el buen uso del agua potable.
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