El jefe comunal de la ciudad balnearia, Jorge Rodríguez Erneta y el joven militante del kirchnerismo, Santiago Salto, quien se desempeña como funcionario en aquel gobierno, poseen en sociedad una empresa Off Shore del tipo LLC llamada Fersan, con sede en Miami.
De acuerdo a los registros, el estado de la empresa es “Activo” y tiene como dirección comercial y postal el 6135 NW 167 ST#E20 Miami Lakes, en el estado de Florida, Estados Unidos.
Además, el 22 de diciembre del 2011 Santiago Salto habría adquirido una propiedad en la misma ciudad de Miami.
En comunicación con este portal de noticias, el propio Santiago Salto reconoció la propiedad de la firma, asegurando que todo este tiempo “siempre estuvo inactiva y no tiene propiedades ni maneja dinero”.
Salto contó que creó la empresa como un “proyecto de vida a futuro en los Estados Unidos y por eso creó la empresa, en 2011”, pero “quedó abortado”. El dirigente político afirmó que Rodríguez Erneta ingresó al proyecto “cuatro o cinco meses después”, porque Salto no tenía respaldo para avanzar en la puesta en marcha de la empresa y su intención era que la firma adquiriera cierta antigüedad y pudiera operar con cuentas bancarias y asentarse definitivamente en aquel país.
“La dirección legal de la empresa” pertenece a un estudio legal que tiene muchas empresas a las que obviamente ni conozco. De ahí la confusión”, argumentó Salto.
Por otro lado, el militante tandilense afirmó que “el Intendente Rodríguez Erneta se bajó de la sociedad en marzo de este año, porque se venía un año electoral y sabía que le iban a pegar por ahí”. Sin embargo, en los registros consultados, el jefe comunal de Villa Gesell continúa formando parte de la LLC, que es un formato de empresa off shore.
Santiago Salto fue secretario privado de Rodríguez Erneta y cumple funciones en la región.
LAS SOCIEDADES OFFSHORE
Las sociedades offshore son empresas que se caracterizan por estar registradas en un país, normalmente un paraíso fiscal, en el que no realizan ninguna actividad económica o comercial. Por este motivo se les llama también sociedades no residentes.
Estas compañías están controladas por empresas o ciudadanos extranjeros, que llevan a cabo sus negocios en otras partes del mundo y que utilizan el paraíso fiscal únicamente como domicilio legal de la sociedad.
Las sociedades offshore están acogidas a regulaciones legales y fiscales muy favorables. Sin duda, las más conocidas son las ventajas fiscales. Excepto una pequeña cuota de registro anual (que no suele superar los 200 dólares) las sociedades offshore no sólo están exentas del impuesto sobre sociedades, sino también de otros tributos habituales en la mayoría de los países, como el impuesto sobre el valor añadido (IVA), el impuesto sobre actividades económicas o el pago de contribuciones sociales.
A menudo también son utilizadas por sus propietarios, para eludir (o en ciertos casos evadir) el pago de los impuestos sobre personas físicas. Entre los más importantes podemos mencionar el impuesto de sucesiones, el impuesto de transmisiones, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto sobre la renta de las personas físicas o, en ocasiones, incluso los impuestos sobre vehículos.
Pero las ventajas fiscales de las sociedades offshore, no son ni mucho menos las únicas. Existen toda una serie beneficios adicionales que las hacen muy atractivas. Así destacan por:
Constitución rápida, simple y barata. En la mayoría de las jurisdicciones una sociedad puede ser constituida en menos de 48 horas y con un mínimo de documentación. Una copia del pasaporte y un comprobante de domicilio normalmente son suficientes. El coste de constitución no suele superar los 1000 dólares.
Normalmente no existen limitaciones en cuanto a la nacionalidad de accionistas y directores. A menudo es posible formar la sociedad con una sola persona que desempeña todas las funciones..
Administración sencilla y económica. La exención de impuestos conlleva que la empresa no tenga que realizar trámites de liquidación de impuestos (como por ejemplo el IVA). En la mayoría de los paraísos fiscales además no se exige la presentación de cuentas anuales, lo que evita costosos procesos de contabilidad y auditoría. De este modo la empresa puede llevar su propia contabilidad o registrar sus actividades de la manera que estime oportuna.
Estricta confidencialidad. En las jurisdicciones offshore los datos personales de accionistas y propietarios de las sociedades no figuran en ningún registro público. Se permite el uso de representantes como el nominee director (director fiduciario) o el nominee shareholder (accionista fiduciario) y también las acciones al portador, llamadas bearer shares, son aceptadas en muchos lugares. De este modo se consigue todavía un nivel mayor de protección de la privacidad.
Ausencia de normas de capitalización delgada (thin capitalisation) lo que hace posible constituir una empresa sin desembolsar el capital suscrito.
Normativa favorable para ciertas operaciones empresariales relacionadas con el capital, como la asistencia financiera a terceros, o la fusión de empresas.
Libertad de inversión. En muchos países existen regulaciones financieras rígidas destinadas a la protección de los inversores, que dificultan o impiden la participación en determinados negocios, valores o fondos de inversión. Las sociedades offshore no están sometidas a este tipo de regulaciones, por lo que se abre todo un mundo oportunidades de inversión globales, a las que de otra manera no se tendría acceso.
Posibilidad de redomiciliación de la sociedad a otra jurisdicción, sin detener la actividad de la empresa.
Por otro lado, las sociedades offshore también presentan algunos inconvenientes. En ciertos países se han puesto en marcha medidas anti-paraíso que impiden a las empresas radicadas en paraísos fiscales participar en determinadas inversiones o negocios y les aplican un régimen de transparencia fiscal, es decir, que sus beneficios son imputados directamente a los accionistas, incluso aunque se decida no repartir dividendos.
En el caso de utilizarse directores o accionistas fiduciarios, algunas gestiones documentales también pueden complicarse. En especial los bancos querrán determinar quien es el beneficiario real (beneficial owner) de la sociedad, para lo cual requerirán que se aporte documentación que lo pruebe.
TIPOS DE SOCIEDADES OFFSHORE
La forma más común de sociedad offshore es la llamada IBC (International Business Company), que significa compañía de negocios internacional. Este tipo de sociedad existe prácticamente en todas las jurisdicciones offshore, si bien en algunas bajo otras denominaciones. Desde el punto de vista jurídico, normalmente adopta forma de sociedad de responsabilidad limitada o de sociedad anónima (corporación).
Otra forma de organización, existente sólo en determinadas jurisdicciones, es la LLC (Limited Liability Company) una especie de sociedad limitada, que es fiscalmente transparente, es decir, que sus miembros deben declarar los beneficios obtenidos con la sociedad en sus declaraciones de la renta individuales.
Por sus grandes ventajas, ya sean fiscales o de otro tipo, su enorme flexibilidad y la variedad de posibilidades de utilización que ofrecen, no es de extrañar que las sociedades offshore hayan crecido en popularidad y sean empleadas con profusión por particulares y empresas procedentes de los más diversos sectores de la economía.


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