La Cámara Nacional de Casación Penal revocó un recurso de la Justicia Federal local a pedido de la defensa de Osvaldo Morelli. Ahora, el procesamiento del funcionario quedó firme, dejándolo a un paso de ir a juicio oral por la contaminación del río Gastona, tributario la cuenca Salí-Dulce, con residuos de un basural municipal.
La situación procesal del Jefe Comunal se complicó a raíz de un fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal, que desestimó un recurso que había concedido por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, a pedido de sus abogados defensores, José Agustín Ferrari y Jorge R. Malmierca.
En consecuencia, el procesamiento de Morelli, que había sido dispuesto en abril de 2010 por la propia Cámara Federal local, quedó firme, y la causa, que se inició en mayo de 2009, ahora está en condiciones de ser elevada a juicio.
Al Jefe Comunal se lo acusa de ser presunto autor, penalmente responsable, del delito (con dolo) de contaminación ambiental con riesgo para la salud, previsto en el artículo 55 de la Ley 24.051, de Residuos Peligrosos, por haber arrojado residuos patológicos en ese basural y, consecuentemente, de haber contaminado con esos desechos el río Colorado.
El artículo 55 de la Ley citada establece que "será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años el que envenenare, adulterare o contaminare, de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general". Además, advierte que "si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, la pena será de diez a veinticinco años de reclusión o prisión".
Pruebas sobre la contaminación
La investigación contra Morelli se inició en 2007, con una actuación de oficio de la Gendarmería Nacional, que ese año concretó un allanamiento en el denominado "antiguo basural municipal" de Concepción, ubicado a pocos metros de la costa del río Gastona y a aproximadamente 1.600 metros de los barrios 1º de Mayo I y II. Gendarmería constató que el basural poseía "una gran cantidad de residuos urbanos sin tratamiento alguno" y en "inminente contacto" con el río Gastona, que desemboca en el dique de Termas de Río Hondo, en Santiago del Estero.
Los expertos advirtieron que "esta basura es arrastrada por el río cuando aumenta su caudal debido a las lluvias estivales".
El informe pericial constató, además, que el predio no poseía un diseño apropiado para acopiar residuos y que no contaba con capa impermeabilizante ni tratamiento de lixiviados. "Se percibía un olor intenso producto de las descomposición de la basura depositada y gran cantidad de insectos", reza el estudio realizado por Gendarmería.
Lo más grave fue la constatación de Gendarmería sobre la presencia en el basural de residuos patológicos, como jeringas agujas y sueros fisiológicos usados, entre otros, sin ningún tipo de acondicionamiento y mezclados con los residuos domiciliarios comunes.
También se comprobó la presencia de camiones de basura dependientes del municipio a cargo de Morelli depositando residuos en ese predio, el cual, según las pericias, "en caso de incrementarse el caudal del río Gastona, como consecuencia de las lluvias, produzca el desgaste de la barranca tomando mayor contacto con la basura". Gendarmería agregó que en el relevamiento no se observaron "obras pluviales ni de canalización del río" para evitar que el mismo crezca hasta la altura del basural y arrastre los residuos.
En octubre de 2008, la Justicia ordenó, como medida cautelar, a la Municipalidad de Concepción y a la Dirección Provincial del Agua (DPA) que elaboren en carácter de muy urgente un plan de contingencia para disminuir la contaminación ambiental y el riesgo de envenenamiento de las aguas del río Gastona con los residuos del basural ante posibles crecidas. Además, se intimó a Morelli a que disponga un inmediato cese en el uso del basural y que realice las obras necesarias para evitar el contacto de los residuos con el río, "eliminando toda forma de comunicación superficial o subterránea". La Municipalidad y la DPA cumplieron con la presentación del plan de obras y contingencias y el Intendente se presentó a declarar ante la Justicia Federal para explicar los alcances del programa diseñado para frenar la contaminación.
Una a favor
Luego de tomar conocimiento sobre los planes elaborados por las autoridades municipales y provinciales en el antiguo basural de Concepción, por orden del titular del Juzgado Federal II, Mario Racedo, el intendente Morelli se presentó a declarar y negó todas las acusaciones en su contra.
Entre otras cosas, aseguró que el Municipio a su cargo no fue el responsable de haber arrojado los residuos patológicos encontrados en el basural y responsabilizó a las clínicas y hospitales de la zona.
En mayo de 2009, el juez Racedo emitió un fallo rechazando el pedido de sobreseimiento solicitado por la defensa del Intendente de la "Perla del Sur". Aunque, sin embargo, en la sentencia declaró que "por ahora no existen méritos suficientes para ordenar el procesamiento, ni tampoco para sobreseer la conducta de Osvaldo Morelli".
Procesado
La decisión de Racedo fue apelada por el fiscal Carlos Brito, recurso que fue acompañado por un informe de expresión de agravios por parte del fiscal general federal, Antonio Gustavo Gómez.
Con esta medida, la causa pasó a manos de la Cámara Federal de Apelaciones, que el 28 de abril de 2010 revocó la sentencia de Racedo y dispuso el procesamiento, sin prisión preventiva, de Morelli, por considerarlo presunto autor penalmente responsable del ilícito previsto y penado en el artículo 55 de la Ley 24.051. La sentencia también ordenó un embargo de bienes en su contra, a los fines de garantizar la pena pecuniaria, las costas procesales y responsabilidades civiles. En un fallo dividido, los jueces de Cámara Raúl David Mender, Graciela Fernández Vecino y Ernesto Wayar (votaron en disidencia Ricardo Mario Sanjuan y Marina Cossio de Mercau) rechazaron, en todos sus términos, la resolución de Racedo.
Los camaristas valoraron las pruebas existentes entre las que se destacan el informe de la Patrulla Ambiental de Gendarmería que constató que el basural municipal poseía una gran cantidad de residuos urbanos sin tratamiento alguno y en "inminente contacto" con el río Gastona, afluente de la cuenca Salí-Dulce. "En el caso examinado entendemos que se encontraría demostrada la realización de una actividad contaminante por parte de la municipalidad de Concepción al depositar en el basural ubicado al margen del río Gastona residuos patológicos, lo cual resulta suficiente para configurar la situación de peligro que requiere la norma", reza la sentencia. Los abogados de Morelli apelaron el fallo presentando un recurso extraordinario ante ese Tribunal, para que resuelva el envío del expediente a la Cámara Nacional de Casación Penal (CNC), a los fines de que esta resuelva en última instancia.
Nuevo revés judicial
Con la firma de los magistrados Guillermo Yacobucci, Luis M. García y Raúl Madueño, el fallo de la CNCP, emitido el pasado 4 de mayo y al cual EL SIGLO tuvo acceso ayer, declaró mal concedido el recurso de casación dispuesto por la Cámara local ante el planteo de la defensa. En concreto, los abogados de Morelli pedían que se revoque el procesamiento de su defendido y se dicte la falta de mérito aduciendo que el pronunciamiento de la Cámara Federal era "arbitrario" y "carecía de fundamentos idóneos que lo sustentasen". Además, señalaron que "se han afectado las garantías constitucionales de la defensa en juicio, el debido proceso y la doble instancia".
En respuesta a los planteos, los camaristas advirtieron que "la alegación de arbitrariedad y de cuestiones federales no permite superar el obstáculo que emana del carácter no definitivo del pronunciamiento recurrido", en alusión al procesamiento. Además, advirtieron que los recursos de casación previstos en la normativa invocada por los abogados (artículo 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) a la hora de fundamentar la afectación de garantías de defensa de Morelli "solo alcanza a las sentencias de condena y no a decisiones anteriores a esta (como el caso de un procesamiento)".
Finalmente, en cuanto al planteo de la defensa referido a la violación de la garantía de la doble instancia, el Tribunal recordó que "el avocamiento de la Cámara de Apelaciones la coloca en la necesidad de examinar el expediente y que el recurso le atribuye al tribunal de grado la competencia para dictar una declaración opuesta a la revocada". En consecuencia la Cámara Nacional resolvió "declarar mal concedido el recurso de casación", con lo cual el fallo que ordenó el procesamiento quedó firme.
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