El Congreso provincial de la UCR aprobó la incorporación de dos incisos al artículo 78, que impulsan la creación de espacios para promover y garantizar la equidad de género y la diversidad “en su sentido más amplio: sexual, cultural, social y religiosa”
Se trata de dos incisos que se agregaron al artículo 78 de la carta orgánica de la UCR Distrito Entre Ríos. La incorporación se decidió en el congreso partidario que se desarrolla este sábado 6 de agosto en Villaguay.
El artículo 78 bis establece que “los organismos partidarios promoverán, cuando las circunstancias lo permitan, la creación de un área o espacio destinado a promover y garantizar: a) la eliminación de discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida; b) el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencias; c) el principio de equidad de género en todos los órdenes, eliminando de las políticas públicas cualquier exclusión, segregación o discriminación que se le oponga; d) la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; e) la equidad de género en la representación política y partidaria y en la conformación de candidaturas con probabilidad de resultar electas”.
En tanto, el artículo 78 ter dispone que se impulse “la creación de un área o espacio para llevar adelante acciones tendientes a la formación, creación y construcción de propuestas concretas en las temáticas que incumben a la diversidad en su sentido más amplio: sexual, cultural, social y religiosa, que sirvan para modificar positivamente la realidad social, levantando las banderas de la UCR, cuyo principal fin es el anhelo universal por la libertad de las personas, abarcándolas en todos sus aspectos, con dignidad como ser sagrado, como lo expresa la profesión de fe doctrinaria. El funcionamiento del área o espacio y la utilización de las siglas partidarias deberán obtener la aprobación expresa del organismo correspondiente”.
Comentá la nota