El Concejo Deliberante aprobó hoy la Ordenanza por la cual se deberán imprimir en el dorso de las boletas del Impuesto a la Radicación de Automotores, las normas de seguridad vial establecidas en los artículos 8, 26, 38, 39, 40, 41, 42, 53 y 70 del Anexo I de la Ordenanza Nº 14.395.
El objetivo es el de hacer un aporte para prevenir y reducir los accidentes en el ejido municipal. Estos artículos están relacionados a las condiciones y conductas de automovilistas y peatones -incluidos discapacitados en la vía pública-; las velocidades permitidas en calles, rutas y autopistas; la prioridad de paso de vehículos, la prohibición de venta de alcohol en sectores de acceso desde caminos, rutas y autopistas; el uso de la bicicleta, la capacitación del personal de control; la obligatoriedad del seguro obligatorio que cubra eventuales daños a terceros; etc.
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