En la búsqueda de flexibilizar los requisitos para inscribir las motocicletas surgió la polémica entre funcionarios de la misma comuna capitalina sobre cuál será el criterio para cobrar impuestos sobre esos vehículos que se acojan a la moratoria vigente. Tras las idas y venidas, no quedó en claro el tema, por expresar Blanca Denis: "Hay un mal entendido, porque se cobrará para delante de la norma de los motovehículos, no hacia atrás", sin embargo Toledo sostuvo: "Ingresos Municipales cobrará el retroactivo de 5 años para atrás de la tasa de uso de la vía pública".
Padrón
Remarcando además: "Hay que poder tener un padrón a través de la municipalidad para saber cuántas motos hay en la ciudad".
"El registro también tiene que exigir a los comerciantes para que pongan los vehículos en condiciones legales", remarcando además: "Por lo cual trabajaremos la semana que viene, para no agregarle ningún tipo de importe a la gente que no corresponda. No es la idea de la municipalidad recaudar a partir de ahí. Lo importante es tener un padrón de las motocicletas que hay circulando en Formosa", comentó entre otras cosas.
A partir de que se inscriba la motocicleta empezaría a generar deuda: "La semana que viene vamos a trabajar en ese tema. Pero no vamos a cambiar nada", remarcó García.
Por lo cual, remarcó que el municipio no tiene intenciones de cobrar por los meses que la motocicleta circuló sin inscripción. Partiría el cobro a partir de que se registró el vehículo.
Denis
"La lógica misma nos indica que desde el momento en que el Registro Nacional de la Propiedad Automotor comunique al municipio la inscripción de algún motovehículo, a partir de ese momento es que ingresa al municipio como un vehículo registrado y a partir de ahí, el propietario deberá pagar la deuda y aparte esto todavía no fue comunicado oficialmente al municipio según tengo entendido y el Concejo Deliberante recién ha comenzado a trabajar y los que pueden establecer este tipo de normas para aplicarlas es el Concejo Deliberante. Nosotros nos regimos por ordenanzas que hoy están vigentes como la 4052 del año 98, en donde para los motovehículos se aplica exactamente la misma forma de cálculo que se establecen para los vehículos automotores, y que establece ACARA que es el 2 por ciento del valor del automotor", indicó la edil.
Vigencia y situación
"La comuna tiene la posibilidad de cobrar solamente los últimos cinco años, se cobra la deuda de patente porque se va a generar la deuda. Cobra desde el año en que el motovehículo empezó a rodar. El cobro del monto es a partir de la fecha de inscripción en la moratoria. Pero la tasa de la utilización de la vía pública es por el rodamiento del vehículo también, entonces nosotros tomamos la fecha en que empezó a rodar siempre y cuando esté dentro de los últimos años vigentes para el cobro, qué quiero decir con esto, que si el modelo es del 2000 no le podemos cobrar la patente desde el 2000 hasta la fecha, pero si fuera de 2005 para hacia delante sí se puede hacerlo", remarcaba Toledo.


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