Habrá severas multas por venta de alcohol

El pasado martes ingresó a consideración del Concejo Deliberante de la Capital, a instancias del titular del bloque del Frente Cívico, Daniel Zamora, un proyecto de ordenanza por el cual se fija el horario de venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas al público en general, cualquiera sea su graduación, preparación y/o presentación, en el horario de 23 a 8 del día siguiente.
La iniciativa, que ingresó a consideración del cuerpo por Expediente 300/11, será considerada el martes próximo, con o sin despacho de comisión, en el plenario ordinario. Suscriben el proyecto los ediles Silvia Sayago, Cecilia Balmaceda, Jorge Chazarreta, Julia Comán, Juan Beltramino y Daniel Zamora.

Ante esto el proyecto al que tuvo acceso Nuevo Diario establece severas multas para aquellos que infrinjan lo dispuesto. El proyecto en su artículo 5º reza lo siguiente: El empresario, administrador, encargado o concesionario de los locales comerciales que violaren lo dispuesto en la presente ordenanza o comercializaran bebidas alcohólicas adulteradas o en envases no autorizados, será pasible de las siguientes sanciones correlativas: Primera sanción multa de pesos cinco mil ($5.000) y clausura inmediata del local con cese de actividad por el término de 15 (quince) días, que deberá cumplir en su totalidad sin excepción alguna para ello. Segunda sanción: multa de pesos diez mil ($10.000) y clausura inmediata del local con cese de actividad por el término de 30 (treinta) días, que deberá cumplir en su totalidad sin excepción alguna para ello. Tercera sanción: multa de pesos treinta mil ($30.000) y clausura definitiva e inhabilitación del local y de la persona responsable ante los organismos pertinentes para habilitar nuevamente otros locales comerciales de rubros similares.

El proyecto también establece que se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios con organismos provinciales e instituciones vinculadas al medio, con el fin de establecer operativos de control en forma conjunta y se lo faculta a tramitar una línea gratuita de atención telefónica para receptar denuncias.

El órgano de aplicación de la presente ordenanza será el Departamento Ejecutivo Municipal y el Tribunal de Faltas, junto a las áreas ejecutivas municipales competentes.

Las prohibiciones que establece el proyecto

En el proyecto de ordenanza que se tratará en la próxima sesión del Concejo Deliberante se prohíbe en todo el ámbito de la Municipalidad de la Capital la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas al público en general, cualquiera sea su graduación preparación o presentación, en el horario comprendido entre las 23 y las 8 del día siguiente. Encuéntrense comprendidos en esta prohibición los comercios habilitados en los rubros hipermercados, supermercados, vinerías, Iicorerías, deliveris, kioscos, maxikioscos, drugstore, maxidrugstore, minimarkets y otros similares.

Además, se prohíbe el consumo en la vía pública de bebidas alcohólicas y sustancias capaces de embriagar, en el interior de los estadios u otros sitios, cuando se realicen en forma masiva actividades deportivas, educativas, culturales y/o artísticas, excepto en los comercios que cuenten con permiso y habilitación municipal correspondiente.

En igual sentido se prohíbe la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas al público, bajo la modalidad denominada “canilla libre” o similar.

Asimismo está prohibida la venta de bebidas alcohólicas a los menores de edad en un todo de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 24.788 y leyes provinciales y las ordenanzas vigentes a partir de la sanción de la presente ordenanza.

Cabe remarcar que quedan exceptuados los comercios habilitados como confiterías, pubs, restaurantes, hoteles, locales de diversión nocturna y bailables, salones de fiesta, casinos y salas de juego, para la venta para consumo personal de los clientes dentro del espacio físico donde éstos desarrollan sus actividades.

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