El Ministerio de Asuntos Agrarios, que conduce el tandilense Alejandro "Topo" Rodríguez, informa que se habilita a partir del 1º de junio y hasta el 31 de julio del año 2014 la temporada de Caza Comercial de la liebre europea.
También se podrá cazar liebres europeas en Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro N. Alem, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, San Miguel del Monte, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pergamino, Pila, Puán, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Cayetano, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, 25 de Mayo y Villarino.
Por otra parte, se habilitan zonas de veda en los partidos no mencionados anteriormente y en las Reservas Naturales de Isla Botija, Zárate (Zona Delta), Río Luján, Isla Martín García, Frente del Delta del Paraná,Delta en Formación, Frente del Delta del Paraná, Guillermo Enrique Hudson, Florencio Varela, Punta Lara Berazategui, Ensenada, Bahía Samborombón, Rincón de Ajó, Magdalena, Punta Indio, Chascomús, Castelli, Dolores, Tordillo, General Lavalle y Partido de la Costa.
También habrá prohibición para cazar en las Reservas de Laguna Salada Grande, General Madariaga, Mar Chiquita, Arroyo Zabala, Necochea, San Cayetano, Parque Ernesto Tornquist, Chasicó, Puán, Villarino, Bahía Blanca, Falsa y Verde, Coronel Rosales, Bahía San Blas, Pehuen Có, Monte Hermoso, Guardia del Juncal, Patagones y
Cañuelas.
En la resolución se fija para la presente temporada un cupo de capturas de un millón ochocientos mil (1.800.000) ejemplares, dejando establecido que al tenerse completado el mismo se suspenderá la autorización.
Solamente podrán utilizarse armas de fuego cuya tenencia, transporte y portación estén debidamente autorizadas por autoridad competente de conformidad con lo establecido en la Ley de Armas y Explosivos de la Nación Nº 20.429 y los Decretos Reglamentarios que se dictaron en consecuencia.
Para la práctica de la caza comercial de la Liebre europea es necesario contar con los siguientes requisitos: Licencia de Caza Comercial, documento que es personal e intransferible; Documento Nacional de Identidad; autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia y transporte del arma que se utilice para la caza; y un permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza.
Para obtener mayor información los interesados podrán consultar en la página web del Ministerio: www.maa.gba.gov.ar
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