Graves delitos se imputan a quienes participaron de intento de saqueo en Concepción

El Fiscal de Concepción del Uruguay, Fernando Lombardi, informó a Radio La Voz que a las 18 personas individualizadas se les ha imputado “robo calificado agravado por una situación de conmoción pública, resistencia a la autoridad, daños al Estado, e intimidación pública”; No hay elementos como para configurar una asociación ilícita.
Lombardi expresó que “en esta costa de la provincia, está en vigencia el nuevo código, donde el Ministerio Público lleva adelante la investigación. En este trámite, han sido individualizadas 18 personas, que han sido sometidas a indagatoria”.

“La Fiscalía ha atribuido determinadas conductas ilícitas a personas qua quienes se les atribuyeron estos hechos. Se les imputa robo calificado agravado por una situación de conmoción pública, resistencia a la autoridad, daños al Estado, e intimidación pública”, agregó Lombardi. “En este marco, la Fiscalía dispuso una serie de medidas para tratar de concretar la hipótesis en la que estamos trabajando”, apuntó.

“El Juez de garantías es un juez de control. A diferencias de lo que ocurre en Paraná, en la costa del Uruguay la investigación está a cargo del Ministerio Público, y hay distintas medidas, como de coerción, que son requeridas al juez de garantía, como por ejemplo un allanamiento. Ahora, en la Jurisdicción de Concepción del Uruguay, se puede demostrar que el código nuevo, en materia de rapidez, ha demostrado un avance sustancial en los procedimientos. Tenemos robos calificados resueltos en término de 30 días, con pruebas firmes”.

“Una situación se formula en función de un conjunto probatorio. Tenemos teléfonos registrados, fotogramas que nos han provisto medios de comunicación, hemos confrontado declaraciones testimoniales, y sin dudas que la modalidad de la situación que se vivió, denota cierta complicidad, porque en uno de los supermercados había un número importante de personas. Hubo una prudente y racional actuación de la Policía de la Provincia, que impidió que estos ilícitos se concreten”, añadió Lombardi.

“El instigador, según el código penal argentino, tiene igual pena que el autor material”, indicó Lombardi. “Sobre otro aspecto, como la asociación ilícita, la Fiscalía no ha acusado. Este delito tiene ciertas particularidades que exigen determinados requisitos, y en principio, sobre ese aspecto, no se ha avanzado”.

“La asociación ilícita implica otro tipo de acuerdos o circunstancias que creo, no aplican a este caso”, finalizó.

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