El Gobierno ratificó la “inexistencia de deudas” con Santa Tecla

Mediante el decreto Nº 122/11, publicado ayer en el Boletín Oficial, el gobierno provincial ratificó la resolución del Ministerio de Salud, a cargo de Gabriel Chagra Dib, por la cual se decidió que están vencidos los plazos previstos para que la Fundación Argentina Santa Tecla (FAST), reclame las deudas que quedaron tras la rescisión del contrato por gerenciamiento del Hospital Materno Infantil, tomando por "inexistente deuda alguna", dice el instrumento legal.
Los plazos se extendieron hasta el 17 de diciembre pasado, momento hasta el que, según el gobierno provincial, la Fundación no había presentado la documentación respaldatoria de una deuda que sostenía, era de "$13.917.158,69, según el balance del ejercicio económico Nº 4", se establece desde la resolución del Ministerio de Salud, ratificada por el decreto mencionado.

En los reclamos realizados, la FAST, acusó de "total inacción" a los miembros del gobierno que conformaban la comisión en la que se negociaban los números de la deuda, sosteniendo que habían dejado vencer los plazos para hacer los reclamos formales.

Fuentes de la cartera sanitaria indicaron a Nuevo Diario que en realidad se llevaron adelante 6 reuniones durante todo el proceso de revisión de deudas, habiéndose advertido a Santa Tecla de la necesidad de contar con documentación respaldatoria de la deuda reclamada. Y es que hasta ese momento solo se había presentado el balance avalado, según Santa Tecla, por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Según el Gobierno, lo único avalado por el Consejo fue el profesional que firmó el balance. Entre las contradicciones señaladas, las fuentes de Salud indicaron que se había sostenido en el balance la existencia de deuda por pago de honorarios de la Comisión Fiscalizadora, cuando en realidad el presupuesto para ello iba por otro lado.

"Un balance es solo información para analizar, el hecho de que el mismo se encuentre certificado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas no implica que dicho consejo de fe del contenido del mismo, simplemente se expide sobre la condición de profesional en ejercicio del contador que confecciona y firma el balance, siendo en consecuencia necesario contar con documentación, informes y papeles de trabajo del auditor que acrediten la real existencia de la deuda", se sostuvo en el instrumento legal, tras manifestar que ello fue requerido al menos tres veces hasta el 15 de diciembre, a pesar de que el 26 de noviembre había vencido el plazo para reclamar la deuda.

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