Tras una prolongada espera, en la que los abogados de los demandantes debieron sortear todo tipo de chicanas el Estado provincial decidió cumplir con la sentencia ofreciendo amortizar la deuda de siete millones de pesos en cien años. La Provincia se rechazó permanentemente todas las propuestas de cobro. La Ley de Emergencia fue uno de los justificativos recurrentes, pero la emergencia en que viven los particulares saqueados por el capricho de los gobernantes no es atendida por la Justicia local.
Es el caso de la empresa de construcciones Flumian Hnos., con una larga trayectoria en la provincia abocada a la obra pública - es la que erigiera, entre otras muchas obras - la Cruz del Sur, en uno de los accesos de nuestra ciudad -.
En algún impreciso momento, esta firma “cayó en desgracia” a los ojos del Poder Ejecutivo Provincial que dejó de pagar sus deudas privando a la constructora de su capital líquido, lo que la condujo casi a una cesación de pago de sus obligaciones con el propio Estado nacional que a través de la DGI promovió ejecuciones contra el capital fijo de la empresa. Este contexto llevó a los Flumian a incumplir a su vez con sus acreedores particulares, acercándolos a la ruina.
DEMANDA
En el año 2000 la firma promovió una demanda contra la Provincia ante el Superior Tribunal de Justicia que culminó en una sentencia condenatoria dictada en el año 2004 por un monto millonario de poco más de siete millones de pesos. Aquella sentencia exhibió la “irresponsabilidad del Estado provincial” y su indiferencia ante el grave perjuicio causado. Pero desde entonces, el Estado provincial se ha negado a cumplir con el fallo judicial y desestimando todas y cada una de las propuestas que se le hiciera.
Entre los ofrecimientos de los empresarios se propuso que, con el importe de condena la propia Provincia pague en cuotas la deuda de la empresa ante la AFIP en el marco de una moratoria impositiva; se le rogó que no permita el remate de un edificio emblemático de Formosa como lo era “La Recova” y que facilite fondos para abonar una deuda hipotecaria que pesaba sobre el edificio; se ofrecieron quitas y esperas en el marco de las leyes de emergencia; pero todas las alternativas se enfrentaron ante la cerrada negativa del Poder Ejecutivo a cumplir con la sentencia judicial dictada por el más alto tribunal de la provincia.
La empresa promovió la ejecución de la sentencia, ante lo cual dos de los ministros del Superior Tribunal de Justicia a quienes “les tembló la mano” se excusaron con pretextos para no intervenir en el trámite, pero el cuerpo en su actual composición no admite la ejecución de su propio fallo aduciendo simplemente la existencia de las “leyes de emergencia”. Pero las leyes de emergencia prevén mecanismos de pago que la propia Provincia no utilizara, es decir, el Estado no cumple con las leyes de emergencia que ella misma dictara.
¿EMERGENCIA?
Así, queda claro que la emergencia es válida para el Estado provincial, pero la emergencia en que viven los particulares saqueados por el capricho de los gobernantes no es atendida por la justicia local.
A la impotencia que viven los particulares, faltos de la protección que el Poder Judicial provincial debería brindarles, se suma un agravante: recientemente, en el expediente, la Provincia ha ofrecido pagarle a la empresa su crédito reconocido judicialmente, en cuotas, durante más de cien años, sin interés… y eso cuando los socios tienen más de setenta años.
Se trata de una burla, de un desprecio, que los ministros del Superior Tribunal de Justicia presencian y consienten. ¿Independencia o dependencia de la Justicia formoseña?
Comentá la nota