El Gobierno de la provincia declaró la emergencia y desastre agropecuarios a los productores agropecuarios afectados por las inundaciones producidas por los desbordes de los ríos Salado y Dulce, en los cultivos de algodón, alfalfa, maíz, cucurbitáceas, soja, pasturas subtropicales y en los ganados mayor y menor en 17 departamentos de la provincia.
Se indicó que el período de emergencia y desastre agropecuarios abarca doce meses, a partir del 1 de marzo de 2011 al 29 de febrero del próximo año.
Esta situación comprende el diferimiento del pago del impuesto Inmobiliario Rural correspondiente al período declarado en Emergencia y/o Desastre Agropecuarios, a los productores que posean la declaración jurada correspondiente, con la modalidad de pago que establezca la Dirección General de Rentas de la Provincia.
También la suspensión de hasta 60 días hábiles después de finalizado el periodo de Emergencia y/o Desastre Agropecuarios, la iniciación de juicios y procedimientos administrativos, tendiente al cobro a los productores agropecuarios comprendidos en el presente decreto, de las deudas impositivas provenientes de los Impuestos Inmobiliarios Rurales, vencidos con anterioridad a la declaración de la emergencia y desastre agropecuarios.
“Las acciones judiciales en trámite deberán paralizarse hasta cumplido los 60 días hábiles posteriores a la Declaración que dé por finalizado el período de Emergencia y/o Desastre Agropecuarios. Por convenio de las partes se solicitará a los jueces o tribunales intervinientes la suspensión del curso de los términos procesales. Se realizarán los impulsos judiciales y extrajudiciales necesarios a fin de evitar la caducidad de la instancia y de la prescripción liberatoria”, se indicó en acto administrativo.
El Ministerio de la Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras a través de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Forestación y Tierras, será la “autoridad de aplicación”, del presente Decreto y enviará dentro de los 90 días la nómina de los productores afectados a la Dirección General de Catastro y a la Dirección General de Rentas, así como también a la Comisión Nacional de Emergencia y Desastres Agropecuarios (Cneyda).
En los fundamentos de la resolución se indicó que “tras los desbordes de los ríos Salado y Dulce generados en diversos departamentos, el gobierno de Santiago del Estero decretó el estado de emergencia hídrica, sanitaria, social, vial y de infraestructura escolar en todo el ámbito de la provincia”.
La medida fue tomada por el Ejecutivo debido a la compleja situación que atraviesan diecisiete departamentos y unas cien localidades del interior provincial. Para ello se tuvo en cuenta el informe realizado por la Dirección General de Agricultura y Ganadería, en el que se indica que “las intensas precipitaciones en las provincias de Salta y Tucumán, provocaron el inusual aumento del caudal en las cuencas alta y media de los ríos Salado, Dulce y sus afluentes (Saladillo del Rosario, Utis, Nambi), Urueña y Horcones, produciendo sus desbordes y afectando a los productores ribereños”.
Asimismo detalla que “dicha situación causó las pérdidas parcial o total de los cultivos de algodón, alfalfa, maíz, soja, cucurbitáceas, pasturas subtropicales y otros, y la pérdida total de los cultivos”.
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