El Gobierno convocó a elecciones a diputados provinciales para el 4 de junio

El Gobierno convocó a elecciones a diputados provinciales para el 4 de junio

El decreto lleva la firma del Gobernador. Se renovará la mitad de la Cámara de Diputados.

Mediante el decreto Nº 144 de fecha 2 de marzo, el gobernador de la provincia convocó a elecciones de diputados provinciales en siete departamentos, el próximo 4 de junio.

La elección para la renovación de las bancas de diputados provinciales se realizará en los departamentos Capital ocho (8) Titulares y cinco (5) Suplentes; -Departamento

Sanagasta (1) Titular y un (1) Suplente; -Departamento Castro Barros un (1) Titular y un (1) Suplente; -Departamento Coronel Felipe Varela tres (3) Titulares y dos (2)

Suplentes; -Departamento Vinchina (1) Titular y un (1) Suplente; -Departamento Gral. Juan Facundo Quiroga (1) Titular y un (1) Suplente; -Departamento Rosario Vera

Peñaloza tres (3) Titulares y dos (2) Suplentes.

El decreto de convocatoria establece que en todos los casos se tomará a cada Departamento como distrito único; siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el

artículo 87 de la Constitución Provincial; el Artº 130 y concordantes de la Ley Electoral Provincial Nº 5.139 (T.O.).-

El mandato de los electos será de cuatro años y abarcará el período 2017 – 2021; siendo de aplicación el artículo 91 de la Constitución Provincial, y concordantes.

Además, exhorta a los partidos políticos reconocidos en el ámbito local, sean de orden provincial o departamental, a activar los mecanismos de selección interna de modo

que permitan la oportuna presentación de candidatos a la elección convocada por el presente, garantizando la igualdad real de oportunidades previsto en el Art. 81° de la

Constitución Provincial.

Tendrán vigencia en este acto comicial y para la determinación de los candidatos electos, las normas contenidas en la Constitución de la Provincia, en la Ley Electoral

Provincial Nº 5.139 con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 8.141, N°8.142, N°9.301, lo establecido por la Ley N°8.506 y en lo pertinente, en normas electorales

y generales complementarias.

En los considerandos de la medida, expresa que la ley electoral provincial establece que la convocatoria debe efectuarse con una antelación mínima de noventa (90) días

corridos a la fecha del comicio, debiéndose expresar la fecha de elección, clase y número de cargos a cubrir, período por el que se elige, número de candidatos por los que

puede votar el elector y la indicación del sistema electoral aplicable.

El Dato

Los departamentos Capital, Sanagasta, Castro Barros, Felipe Varela, Vinchina, Juan Facundo Quiroga y Rosario Vera Peñaloza renovarán diputados.

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